Elecciones 2020 JCE Participación Ciudadana Publicidad proseletista

Participación Ciudadana exige a JCE a detener proselitismo electoral a destiempo

miércoles 15 mayo , 2019

Creado por:

Junta Central Electoral | Foto: Amaurys Florenzán

Participación Ciudadana (PC) exigió este miércoles a la Junta Central Electoral (JCE) activar sus sistemas de monitoreo y aplicar el régimen de consecuencias establecido en la Ley de Partidos contra los que violaron las disposiciones legales que prohíben la campaña por radio y televisión durante el período previo de precampaña.

Así lo demandó el colectivo en una carta enviado al presidente de la JCE, Julio César Castaños Guzmán, donde establece que que han visto como la mayoría de los partidos, sobre todo aquellos que han obtenido más del 5 % de la votación en las últimas elecciones, pretenden extender la cultura del incumplimiento sobre las nuevas leyes.

"… sobre todo en cuanto a los límites establecidos para las actividades de campaña durante el período previo a la precampaña, lo que anticipa violaciones similares durante la precampaña, lo que debe ser frenado a tiempo por el órgano competente, que es la JCE", añadió.

El capítulo dominicano de Transparencia Internacional citó el artículo 44.7 de la Ley 33-18 que prohíbe la promoción política a través de mensajes publicitarios colocados y transmitidos por medios de comunicación radial o televisión. Indicó que esa violación se sanciona con la retención de los fondos públicos que otorga el Estado.

PC dio tres ejemplos al respecto: el primero tiene que ver sobre anuncios para promover la reelección del presidente Danilo Medina. Señaló en el documento que en la tarde del viernes 10 de mayo en el programa El Gobierno de la Tarde se pasó varias veces un spot publicitario ese sentido.

Explicó que ese hecho implica doble violación, primero a la Constitución, ya que Medina agotó dos períodos consecutivos, además, que el transitorio de la Carta Magna le prohíbe presentar candidatura a la reelección.

De igual forma, se viola la recién estrenada Ley de Partidos que prohíbe la promoción política en el período actual en el que se está.

El segundo ejemplo tiene que ver con el domingo 5 de mayo, cuando el país fue testigo de una "clara violación" a las disposiciones citadas en el Estadio Olímpico, donde fue celebrado un "claro acto" de proselitismo político electoral, previo a la apertura de la precampaña.

El acto fue transmitidos por canales de TV y radio y se divulgó un promoción política a favor del expresidente Leonel Fernández, bajo la responsabilidad de Radhamés Jiménez.

Ya en tercer lugar está las actividades casa por casa hecha por el Partido Revolucionario Moderno (PRM). PC dijo que esa actividad está permitida en el artículo 43.2 de la Ley de Partidos, pero dentro del contexto que establece ese mismo artículo cuando dispone que la precampaña es un proceso limitado a lo interno de los partidos.

Aclaró que esa actividad sí se puede hacer, siempre y cuando solo se visitan casas de los simpatizantes y miembros, pero no a personas de otras organizaciones políticas o sean independientes: "La actividad realizada por el PRM se realizó en forma indiscriminada".

Por tal motivo, Participación Ciudadana llamó a la JCE a detener dichos antes de que sean incontrolables.

Precisó que si la excusa de los partidos es que son los aspirantes o personas de su entornos, y no ellos, lo que cometen las violaciones, el artículo 80 de la misma ley señala que las personas físicas o jurídicas que no sea partido, movimientos o agrupación político que comete infracciones, será sancionado con la multa de cinco hasta 100 salarios mínimos del sector público.

"La JCE debe demostrar a la ciudadanía que posee la voluntad de someter a los responsables por las infraccione cometidas contra la normal electoral, apoderando a la jurisdicción competente, que en este caso es el Tribunal Superior Electoral", destacó.

Otras sanciones que PC dijo que la JCE puede aplicar es la inadmisibilidad de la candidatura según el artículo 78.8 o la establecida en el párrafo III del artículo 44, sobre retener los fondos públicos que el Estado otorga a los partidos.

Avisó que decidió en lo adelante y sin aguardar más tiempo, que activará sus observadores para denunciar ante la JCE los casos de violaciones más evidentes para que aplique el régimen de consecuencia correspondiente.

Redacción Z Digital

LO MÁS LEÍDO