El jurista Cristóbal Rodríguez consideró que la Junta Central Electoral (JCE) está facultada por la Constitución de la República y la Ley 15-19 de Régimen Electoral para reprogramar las elecciones presidenciales y congresuales pautadas para el 20 de mayo venidero, pero no para convocarlas.
Opinó que la convocatoria a unas elecciones extraordinarias es una facultad del Congreso Nacional.
Entrevistado vía telefónica en el programa El Gobierno de la Tarde, Rodríguez adujo que dadas las circunstancias actuales "la JCE está facultada por los artículos 211 y 212 de la Constitución de la República y la Ley 15-19 Sobre Régimen Electoral para adoptar cualquier medida que sea necesaria en cuanto a los inconvenientes que se presenten en medio del proceso", como en este caso lo es la pandemia generado por el coronavirus productor de la covid-19.
"Lo que no debió convocar fue elecciones extraordinarias, ya que la Constitución no le da esa facultad", precisó el profesional del derecho.
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Rechazó que se acuda ante el Tribunal Constitucional para consultas en torno a las facultades en ese sentido de la JCE, por el tiempo que se llevaría esa corte en decidir y por estar en medio de la pandemia que afecta al país.
Sobre informe de la OEA
Respecto al informe técnico emanado de los representantes de la Organización de Estados Americanos (OEA) sobre las postergadas elecciones municipales de febrero pasado y las causas que motivaron a la JCE a suspenderlas, dijo que éste ha venido a poner en su lugar las acusaciones y contra acusaciones surgidas tras la medida y a poner en evidencia la livianidad con que actores políticos trataron el problema generado por el voto electrónico.
Dijo que el informe señala culpabilidades y deficiencias que estima deben tener consecuencias de tipo penal, administrativas y económicas en los casos del técnico de Claro y del coronel de la Policía que fueron apresados vulnerándoles sus derechos y haciéndoles falsa acusaciones de parte del Ministerio Público
Consideró que hoy la prioridad nacional no son las elecciones, sino enfrentar la pandemia y todos los esfuerzos nacionales deben estar centrados en ese objetivo.
Ante las posibilidades de que las elecciones no puedan realizarse el 5 de julio próximo como ha decidido la JCE o antes del 16 de agosto del presente año, dijo que éstas no son la prioridad nacional, sino la ejecución de políticas para enfrentar la pandemia del coronavirus generador de la covid-19, lo cual entiende que debe ser de consenso nacional con todos los actores polìticos y sociales del país.
Cristóbal Rodríguez consideró que si las elecciones presidenciales y congresuales no pudieran celebrarse antes del 16 de agosto venidero, "lo más prudente es que el gobierno de Danilo Medina continúe en base a un consenso con los partidos políticos, que además incluya un acuerdo de que la autoridades electas duren 48 meses y que no entreguen el 16 de agosto del 2024; la adopción de un plan de emergencia de ejecución colectiva y que el Congreso Nacional aplique intensos controles para que más deliberancia en las políticas de control de la crisis generada por la pandemia".