El tema de tráfico humano está muy vinculado a la migración, ya que el tráfico constituye el traslado de personas de un lugar a otro con fines de explotación. Alrededor del mundo existen redes de tráfico humano para llevar a cabo dicha actividad. Sin embargo, las entidades gubernamentales de diversos países han creado leyes para castigar y criminalizar este comportamiento. Otros países también ofrecen asistencia a las víctimas de tráfico humano.
En Estados Unidos, además de ofrecerles asistencia psicológica y albergue, el Gobierno provee un recurso migratorio con el fin de que las victimas de tráfico humano ajusten su estatus y cooperen con las autoridades. Este alivio migratorio es conocido como visa no inmigrante T. Esta visa está disponible para victimas que se encuentran físicamente presentes en Estados Unidos, como resultado de tráfico humano. La visa T fue creada en octubre del año 2000, mediante la ley de protección a victimas de tráfico y violencia.
Los requisitos de elegibilidad para estatus no inmigrante T, son los siguientes:
- Ser o haber sido víctima de una forma severa (generalmente, el uso de fuerza y fraude para sexo comercial o esclavitud entran dentro del término “severa”) de tráfico humano;
- Estar dentro de o en un puerto de entrada de Estados Unidos debido a tráfico humano;
- Cumplir con cualquier solicitud razonable de los organismos de aplicación de las leyes para la investigación y procesamiento judicial relacionado con tráfico humano (existe una excepción para las victimas menores de 18 años o con traumas físicos y psicológicos);
- Demostrar que experimentaría sufrimiento extremo, incluyendo daños severos e inusuales en caso de deportación; y
- Ser admisible a los Estados Unidos (existe un perdón para personas no admisibles).
Las víctimas de tráfico humano también pueden peticionar estatus de no inmigrante T para sus familiares inmediatos que se encuentren en presente peligro de retaliación. Los familiares inmediatos para estos fines son: padres, hermanos solteros menores de 18 años, e hijos de cualquier edad y estado civil. Si los familiares no se encuentran en presente peligro de retaliación, la víctima de tráfico humano menor de 21 años puede peticionar el estatus T para sus padres, hijos solteros menores de 21 años, esposo/a, y hermanos solteros menores de 18 años. Si la víctima tiene 21 años o más y los familiares no están en presente peligro de retaliación, la misma puede peticionar a su esposo/a e hijos solteros menores de 21 años.
Las víctimas a las que se les aprueba la solicitud de visa T, son elegibles para autorización de empleo. Una vez concluida la investigación y procedimiento judicial o luego de tres años en estatus no inmigrante T, la víctima puede aplicar para residencia en Estados Unidos.
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