El Partido Revolucionario Moderno (PRM) suministró este jueves a empresas telefónicas y autoridades los nombres de un grupo de sus dirigentes sobre los que no existe ninguna investigación penal en curso, por lo que no debe autorizarse la interceptación a sus números de teléfonos.
A través de un comunicado, el PRM informó que la notificación fue hecha mediante acto de alguacil al presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), al procurador general de la República (PGR), al Instituto Dominicano de Telecomunicaciones (Indotel), y a los jueces coordinadores de los juzgados de instrucción del Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo, así como a las empresas telefónicas Claro Dominicana, Altice Dominicana y Viva Dominicana.
El requerimiento hecho por los abogados Sigmund Freund, Antoliano Peralta, Luis Soto, Julio Peña Guzmán y Efrén Cuello, advierte que la Procuraduría General de la República se ha dado a la tarea de intervenir los teléfonos de dirigentes políticos de la oposición solicitando irregularmente a los jueces coordinadores de los juzgados de instrucción autorización para la intervención de sus teléfonos incluyéndolos en listados de supuestos procesos penales que lleva a cabo, identificando los números telefónicos de estos dirigentes con los nombres de los investigados en los referidos procesos.
“En consecuencia se les intima a que se abstengan de solicitar, autorizar o ejecutar cualquier procedimiento de intervención telefónica contra las personas previamente enumeradas; advirtiéndoles que de no obtemperar al presente requerimiento, mi requiriente procederá a reclamar sus derechos por todas las vías judiciales nacionales e internacionales, incluyendo las vías penales que la ley pone a su disposición”, precisan.
Los abogados del PRM citaron que los antecedentes de interceptación irregular de los teléfonos de la ex jueza de la Suprema Corte de Justicia Miriam Germán Brito, denunciada además por el periodista Dany Alcántara quien hizo constar que por disposición de la Procuraduría General se intervinieron los teléfonos a otros 176 ciudadanos, entre ellos funcionarios del gobierno, jueces de la Suprema, periodistas y políticos de la oposición.
También, indicaron que en fecha jueves 7 de marzo la Procuraduría General de la República ofreció una rueda de prensa a cargo del procurador general adjunto Bolívar Sánchez, para justificar que el teléfono de la magistrada Germán Brito no se había intervenido, y que se había solicitado la intervención de un número de teléfono desconocido, que luego se comprobó era de la jueza, y que supuestamente, luego de esto, la orden fue dejada sin efecto.
Los abogados del PRM se apoyan además en el dato de que en fecha 22 de abril del año en curso diversos medios de comunicación difundieron la noticia de que la Procuraduría General había solicitado la interceptación telefónica del Secretario de Finanzas del PRM, Eduardo Sanz Lovatón.
Los juristas recordaron, además, que el bloque de diputados del PRM dio a conocer la solicitud de intervención telefónica enviada por la Procuraduría General de la República al juez coordinador de los juzgados de instrucción del Distrito Nacional, en la cual los números de teléfonos de Sanz Lovatón fueron incluidos, atribuyéndolos al expresidente del Partido Andrés Bautista García, incurriendo en una falsedad ante el referido juez.
También, recordaron que en fecha 24 de octubre de este año en el programa radial se difundió una grabación telefónica ilegal de una conversación entre los diputados Rubén Maldonado y Henry Merán.
Asimismo, explicaron que en fecha 11 de marzo el periódico Listín Diario publicó un reportaje estableciendo que “las autoridades judiciales autorizaron la intervención de unos 17 mil 637 teléfonos en procesos de investigaciones de los distintos casos manejados por el Ministerio Público entre los años 2017 y 2018”.
El requerimiento a los funcionarios y a las telefónicas privadas se basa en que República Dominicana garantiza en su Constitución, en su Código Penal y en otras leyes y reglamentos el derecho a la intimidad de las personas y prohíbe la injerencia en su vida privada, y es signataria de prerrogativas consagradas en ese sentido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana de los Derechos Humanos y otras convenciones y acuerdos.