El presidente Danilo Medina creó el Reglamento del Régimen Simplificado de Tributación (RST), para beneficiar las personas físicas y jurídicas cuyos ingresos anuales no sobrepasen los 8.7 millones de pesos en ventas.
Igualmente, favorecerá a personas físicas y jurídicas comerciantes cuyas compras anuales no sobrepasen los 40 millones de pesos.
La disposición del Poder Ejecutivo está contenida en el decreto 265-19.
Fue dada a conocer por el portavoz del Gobierno y director general de Comunicación, Roberto Rodríguez Marchena, a través de su cuenta de la red social Twitter: @RodrigMarchena.
El RST determina las obligaciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y del Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) de las personas físicas y jurídicas conforme a sus ingresos o compras.
¿Quiénes pueden acogerse?
Modalidad RST de Ingresos: personas físicas y jurídicas prestadores de servicios, productores de bienes o del sector agropecuario cuyos ingresos anuales no sobrepasen los RD$8, 700,000.00 en ventas.
Modalidad RST de Compras: personas físicas y jurídicas comerciantes de bienes cuyas compras anuales no sobrepasen los RD$40, 000,000.00.
Según la Presidencia, la medida ofrecerá múltiples beneficios a los contribuyentes, debido a que simplifica de manera significativa los trámites, pues ya no será necesario: remitir informaciones de compras y ventas, pagar impuestos a sus activos, anticipo, el ISR en una sola cuota. Además de realizar declaraciones mensuales de Itbis.
Decreto 265-19 by Presidencia República Domin… on Scribd