El Partido de la Liberación Dominicana (PLD) solicitó de manera formal a la Procuraduría Especializada para Investigación y Persecución de Crímenes y Delitos Electorales investigar los supuestos crímenes cometidos por parte de Epifanio Peralta, quien con cuatro antecedentes penales por violación a la ley de porte de armas y violencia de género, falsificó una certificación de no antecedentes penales para inscribir su candidatura a regidor en representación del Partido Revolucionario Moderno (PRM) por el citado municipio, posición que ganó.
Según un comunicado, mediante una instancia depositada en la tarde de ayer, el secretario de asuntos jurídicos del PLD, José Dantés Díaz, señaló que Peralta es un "criminal reincidente" que se encuentra condenado de manera definitiva a tres años de prisión, por violación a la Ley 36 sobre Comercio, Porte y Tenencia de Armas, en virtud de la sentencia no. 2577, de fecha 26 de diciembre de 2018, dictada por la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia.
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Argumentó que anterior a la actual condena, el regidor del PRM había sido sometido a la justicia en dos ocasiones, en los años 2010 y 2012, por asociación de malhechores y violencia de género, habiendo logrado dos autos de no ha lugar por parte de los juzgados de instrucción que evaluaron las acusaciones presentadas en su contra.
Puntualizó que Epifanio Peralta falsificó un certificado de no antecedentes penales, en fecha 11 de julio de 2019, para tratar de burlar a las autoridades electorales sobre su condición de ciudadano condenado por la justicia dominicana, lo cual lo inhabilitaba para ser candidato a una posición de elección popular, pues sus derechos civiles y políticos se encuentran suspendido.
Además, el Tribunal de Ejecución de la Pena del Departamento Judicial de Santiago emitió, el 13 de diciembre de 2019, una orden de arresto en su contra, a los fines de dar ejecución a las disposiciones de la sentencia condenatoria. Sin embargo, Peralta no fue arrestado y promovió su candidatura a regidor, habiendo sido electo en las elecciones del 15 de marzo.
Detalló que de acuerdo con la Ley Orgánica de Régimen Electoral no. 15-19, la falsedad en materia electoral es castigada con la pena de seis meses a dos años de reclusión y multa de uno a cinco salarios mínimos del sector público, en particular a aquellos que utilizaren o distribuyeren, a sabiendas, cualquier documento que imite cualquier otro documento de los requeridos por esta ley, tal y como ha hecho el señor Peralta, al utilizar un certificado de no antecedentes penales falso que trato de imitar a uno genuino.