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Participación Ciudadana: decisión de la JCE favorece al PLD

miércoles 8 mayo , 2019

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Foto: Participación Ciudadana

El movimiento cívico no partidista Participación Ciudadana  lamentó la decisión de la Junta Central Electoral (JCE) de mantener la modalidad de arrastre de senadores mediante el voto de los diputados en las provincias con mayor cantidad de electores.

A través de un comunicado, el capítulo dominicano de Transparencia Internacional expresó que la decisión del órgano electoral viola la Constitución, que establece en su artículo 77 que "la elección de senadores y diputados se hará por sufragio universal directo” y lo reitera en su artículo 208.

Para Participación Ciudadana, el que que se haya excluido el arrastre en 26 provincias, no elimina la violación a la Constitución en que se incurre en las otras seis, que además son la que concentran el 59 % del electorado.

Señalaron que la JCE pretende una "solución salomónica con el cumplimiento de disposiciones constitucionales no contribuye a la institucionalidad en la República Dominicana”.

“Un voto que se realiza a favor de un candidato a diputado y se pretende adjudicar a un candidato a senador sin que el elector lo haya marcado, no puede interpretarse jamás como un voto directo", dijo.

Argumentó que la decisión de la JCE agrega innecesariamente nuevas incertidumbres sobre el próximo proceso electoral ante la probabilidad de que el tema llegue al Tribunal Constitucional.

Indicaron que la gran mayoría de los partidos políticos, así como los más renombrados expertos en derecho constitucional, plantearon claramente la imposibilidad de mantener el voto de arrastre en la elección de senadores, por las disposiciones constitucionales antes mencionadas, indicando que “la intención del legislador no puede estar por encima de la intención de la asamblea revisora y mucho menos de un texto constitucional claro”.

La organización de la sociedad civil sostuvo que el voto de arrastre reduce la libertad que debe tener el elector, cuyo voto, de acuerdo con el artículo 208 constitucional, debe ser “personal, libre, directo y secreto”.

En adición, la nueva Ley Electoral en su artículo 92 estableció un nivel de elección separado para los candidatos a senadores y otro distinto para los candidatos a diputados, señalando que los mismos son indivisibles y no fraccionables.

Destacó que, con su decisión, la JCE actúa en forma contraria a las disposiciones del artículo 74.4 constitucional que obliga a los poderes públicos a interpretar y aplicar las normas relativas a los derechos fundamentales y sus garantías, en el sentido más favorable a la persona titular de los mismos.

Agregando que, en este caso, el titular del derecho fundamental al sufragio es el elector y sus intereses deben prevalecer sobre cualquier partido que pretenda beneficiarse de los efectos antidemocráticos que produce el arrastre.

“Con esta decisión favorable al partido de Gobierno, la JCE desaprovecha una buena oportunidad para mostrar su independencia de criterio frente al sector oficial y, al mismo tiempo, desperdicia la posibilidad de generar la confianza ciudadana que le hará falta para arbitrar adecuadamente los venideros comicios del 2020”, manifestó el Consejo Nacional de PC en el comunicado.

Redacción Z Digital

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