Eddy Olivares, exmiembro del Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), afirmó que la Ley 15-19 sobre Régimen Electoral le otorga a ese órgano la potestad de utilizar cualquier mecanismo necesario para garantizar ante cualquier circunstancia que los dominicanos en el exterior puedan ejercer su derecho al sufragio.
“La JCE tiene el poder que le da la Ley 15-19 de Régimen Electoral, de utilizar cualquier tipo de mecanismo para garantizar en cualquier circunstancia que el voto en el exterior pueda celebrarse", dijo durante una entrevista telefónica en el programa El Gobierno de la Tarde.
Olivares explicó que las juntas pueden tomar las decisiones que consideren necesarias para la logística, montaje y modalidad de las elecciones en el exterior, debido a que la celebración de dicho proceso electoral depende de las circunstancias que se estén viviendo en el país en el que se vaya a celebrar.
Argumentó que de ser necesario el voto podría efectuarse por correo, debido a que en la Constitución ni la ley establecen debe de ser presencial, sino que claramente se plantea que este tiene que ser personal, es decir, que ninguna persona puede votar por otra.
Olivares indicó que en el caso que se den por correo, se pueden tomar en cuenta las empresas estadounidenses que funcionan con leyes estatales y que se encargan de montar toda la logística de los procesos con esa modalidad, tal y como lo hacen con el voto de los militares de Estados Unidos, que sin importar el país dónde estén, pueden ejercer su derecho vía correo.
En tanto, puntualizó que el éxito del proceso electoral dependerá exclusivamente de la voluntad de la JCE y de la colaboración de los partidos políticos para que ese proceso salga a camino.