El Ministerio Público solicitó ayer jueves que se condene a cinco años de prisión al diputado oficialista Gregorio Domínguez Domínguez acusado de cometer, supuestamente, el delito de violación de la propiedad privada.
El órgano acusador presentó su conclusión a la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, que conoce el juicio por la condición de legislador del acusado, y que este cumpla la condena en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Hombres, en Santiago, provincia de la que es diputado.
Los representantes del Ministerio Público, procuradores adjuntos Isis de la Cruz y Pedro Amador, y el procurador de corte, Melquiades Suero, pidieron al tribunal que admitiera como hechos probados los cargos enunciados en la acusación por haberse "demostrado la misma más allá de toda duda razonable".
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Por los hechos cometidos por Domínguez en perjuicio de Lucila Nelly Capellán Luna, el Ministerio Público también solicitó que el diputado se condena al pago de una multa equivalente a 20 salarios mínimos del sector público y de las costas penales del proceso.
Solicita que sea declarado culpable de violar los artículos 24 y 25 de la Ley 396-19, que regula el otorgamiento de la Fuerza Pública, y el artículo 1 de la Ley 5869, sobre Violación de Propiedad, así como los artículos 1 y 2 de la Ley 5797, sobre Destrucción a la Propiedad Ajena.
El expediente señala que alrededor de las 10.00 de la mañana del 27 de mayo de 2020, los señores Basilio Catalino Martínez (Jaime) y Emmanuel de Jesús Williams Molina, empleado del imputado el primero y chofer de una retroexcavadora el segundo, se presentaron, por instrucciones del imputado Gregorio Domínguez Domínguez, a la comunidad Punta Rucia, de Estero Hondo, Puerto Plata, donde la víctima Capellán Luna construía su vivienda.
Explica la acusación que una vez en el lugar, Catalino Martínez y Williams Molina procedieron, sin las debidas formalidades de la ley y por orden y con la participación del imputado, al desalojo, destrucción y posterior demolición de la vivienda levantada por la víctima, la cual estaba en etapa de construcción a nivel de techo.
El Ministerio Público le atribuye al legislador, en calidad de autor, la comisión de los tipos penales ejecución de medidas ejecutorias y conservatorias "inobservando" el procedimiento de ley, tomar participación o requerir la ejecución de un embargo o medida conservatoria sin título ejecutorio e introducirse a una propiedad inmobiliaria sin permiso del dueño, arrendatario o usufructuario.