En los procesos contra la corrupción que ha iniciado el ministerio público ha quedado en evidencia nuevamente que la prisión preventiva de los inculpados es la regla y no la excepción como establece el Código Procesal Penal, afirmó ayer domingo el doctor Eduardo Jorge Prats, lo que a su juicio se constituye en un obstáculo para la defensa del posible acusado.
“Las medidas de coerción, que son excepcionales tanto a nivel de la Constitución como del Código Procesal Penal, se han vuelto la regla”, apuntó Jorge Prats, quien agregó que lo que ahora es excepcional es imponer fianza, presentación periódica, impedimento de salida y grillete de localización.
El jurista informó que con el objetivo de vigilar las buenas prácticas en el juicio penal, un grupo de abogados han creado el Observatorio por un Justo Proceso, que tiene un fin esencialmente académico.
Entrevistado en el programa “McKINNEY”, el también experto en derecho constitucional expresó que el derecho procesal penal busca proteger al justiciable de la violencia y el poder punitivo del Estado.
Explicó que por esa razón es que existe un conjunto de garantías, como son que nadie puede estar más de 48 horas encarcelado sin presentarlo ante un juez, ni obligado a declarar contra sí mismo, ni privado de libertad sin una orden motivada de un juez.
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Rito de venganza
Jorge Prats admitió que en la cultura dominicana el proceso penal forma parte de un rito de venganza, por lo que se entiende que no puede haber proceso sin que haya un preso, aunque la ley es clara en cuanto a que nadie debe estar preso sin juicio de condena previa.
Deploró algunas actuaciones del ministerio público porque está filtrando a la prensa expedientes de investigaciones que están en fase secreta, lo que en su opinión vulnera las garantías del justiciable.
“Desde el momento en que una persona es investigada y el expediente es filtrado a la prensa, se pierden las garantías del justiciable”, apuntó el jurista.
Afirmó que es correcta la persecución a la corrupción, pero sin presuponer que ser contratista del estado significa que sea culpable.
“La corrupción hay que perseguirla pero no con el nivel de irresponsabilidad de que cuando llega a un juicio de fondo, anula todas las pruebas por ser recaudadas de manera ilegal”, apuntó.
Jorge Prats estimó positivo que el presidente Luis Abinader haya dicho que está comprometido con una justicia independiente, lo que significa que no va a interferir en los procesos, pero al mismo tiempo ha dicho que está comprometido con la transparencia, que constituyen un freno moral a la conducta de los funcionarios.
Estimó que el peligro de esa lucha es que la guerra política sea disfrazada de persecución judicial.
El jurista manifestó que no son incompatibles la garantía del debido proceso y la lucha contra la impunidad, porque “solo asegurando un debido proceso, se puede lograr una condena definitiva, irrevocable e inexpugnable donde no haya ningún vicio procesal, porque una de las sanciones que tiene el debido proceso es la nulidad de todo lo actuado”.
Acusar con prueba o no acusar
Consideró que el ministerio público debe acusar con prueba, pues se sujeta al principio de objetividad, por lo que si no tiene prueba, no está obligado a acusar.
Definió la misión del juez como la de “juzgar partiendo de la presunción de inocencia, por lo que es el ministerio público quien tiene que probar la acusación. El defendido incluso puede callar, porque a él hay que probarle la acusación que le ha hecho el ministerio público”, puntualizó.
Jorge Prats opinó que la decisión del presidente Luis Abinader de designar a Miriam Germán al frente del ministerio público es una demostración de independencia que debe ser completada con recursos para hacer buenas investigaciones.
“El principal garante del debido proceso debe ser el ministerio público porque no está solo para acusar, sino que como representante de la sociedad tiene que favorecer una buena acusación, un buen juicio y un resultado”, puntualizó Jorge Prats.