El Ministerio de Trabajo anunció las fechas correspondientes a los días feriados durante el año 2022, dando cumplimiento a la Ley 139-97.
La Ley No. 139-97, de fecha 19 del mes de junio del año 1997, sobre traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes, fue publicada en fecha 25 de junio de 1997, entró en vigor el 27 del mismo mes y año.
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En tal virtud, los días feriados se aplicarán de la siguiente manera:
- Sábado 1ero. de enero, fecha de celebración del Año Nuevo, no se cambia.
- Jueves 6 de enero, día de los Santos Reyes, se trabaja y se cambia para el lunes 10 de enero.
- Viernes 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia.
- Miércoles 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, se trabaja y se cambia para el lunes 24 de enero.
- Domingo 27 de febrero, Día de la Independencia Nacional es inamovible.
- Viernes 15 de abril, Viernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo.
- Domingo 1ero. de mayo, Día del Trabajo, su carácter no laborable, se cambia para el lunes 02 de mayo.
- Jueves 16 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.
- De igual forma, el martes 16 de agosto, Día de la Restauración de la República, no se cambia.
- Sábado 24 de septiembre, Día de las Mercedes y domingo 06 de noviembre, Día de la Constitución, serán celebrados en sus fechas correspondientes.
- Domingo 25 de diciembre, Navidad, no se cambia.