La Defensora del Pueblo, Zoila Martínez Guante, advirtió a la población que las empresas distribuidoras de electricidad, a partir del 2 de enero del próximo año, deberán compensar a los usuarios por apagones o fallas eléctricas sufridas en el servicio contratado.
Un comunicado de prensa enviado a Z Digital explica que mediante la correspondencia DP-DESP-CE-436-2020 del 05 de noviembre de 2020, enviada a Rafael Anibal Velazco Espaillat, Superintendente de Electricidad, el Defensor del Pueblo externó inconformidad por el no cumplimiento del artículo 93, de la Ley 186-07, que en el párrafo II introduce modificaciones a la Ley General de Electricidad 125-01, sobre energía no servida.
“Las Empresas Distribuidoras estarán obligadas a compensar a los Usuarios Regulados por la energía eléctrica no servida, conforme a las normas técnicas de calidad de servicio, que para tales fines establezca la Superintendencia de Electricidad mediante resolución”, explica la comunicación.
La Defensora del Pueblo afirmó que la institución que dirige hace la advertencia a la población, y le recuerda al Superintendente de Electricidad, cumplir las normativas, para ofrecer respuestas a los ciudadanos que visitan este órgano constitucional, presentando quejas, debido a los continuos apagones que afectan el país.
Recordó que la Superintendente de Electricidad, emitió la Resolución 066-2016, de fecha 12 del mes de agosto del año 2016, en la que estableció que, a partir de enero de 2021, las empresas distribuidoras deberán pagar las compensaciones a sus clientes o usuarios titulares, por energía no suministrada.
Además, la doctora Martínez Guante indicó, que la Superintendencia de Electricidad fijará el monto a compensar a los usuarios por concepto de la energía no servida, estableciendo la forma y condiciones en que se hará la compensación.
Por lo que, manifestó que, a partir del dos de enero de 2021, la superintendencia de Electricidad también deberá exigir a las empresas distribuidoras, fiel cumplimiento de esta disposición legal y de la resolución.