Droga Jueza Justicia Poder Judicial Procuraduría

Consejo del Poder Judicial no ve faltas disciplinarias en jueza Patricia Padilla

miércoles 21 agosto , 2019

Creado por:

Foto: Procuraduría General de la República

El Consejo del Poder Judicial (CPJ) consideró que no puede retener falta disciplinaria contra la magistrada Patricia Padilla Rosario, jueza del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, sino que actuó en consecuencia frente a un conjunto de comportamientos del Ministerio Público que se traducen en actitudes dilatorias.

Ese planteamiento fue realizado por ese órgano disciplinario en su resolución 005-2019, en la que establece que la decisión dictada por la jueza “es una cuestión puramente jurídica, sometida exclusivamente al control jurisdiccional, de carácter procesal, que solamente atañe definir a los tribunales de alzada que han de valorar la interpretación y las actuaciones y decisiones tomadas por la jueza durante el conocimiento de todas las audiencias celebradas en ocasión del proceso mencionado”.

De acuerdo con un comunicado, la decisión dejó claro que la magistrada tenía la obligación procesal de todo juez de enviar a la Corte de Apelación correspondiente una recusación que se presentare en su contra e intimar al fiscal titular en ocasión de la ausencia o retiro de un representante del Ministerio Público. 

Padilla Rosario fue suspendida el año pasado después de dejar en libertad a dos hombres imputados y que estaban implicados en el alijo de 500 kilos de cocaína. En aquel entonces, la Procuraduría General de la República expresó que la magistrada violentó todos los parámetros de la normativa procesal penal y el principio de igualdad.

Sin embargo, el CPJ entiende que esas actuaciones procesales no deben utilizarse con el mero propósito de provocar suspensiones de audiencias, a riesgo de caer bajo un comportamiento denominado como deslealtad procesal y uso abusivo de las vías del derecho.

El órgano disciplinario del Poder Judicial valoró las declaraciones de la testigo del Ministerio Público en el proceso, Sourelly Naihary Jáquez Vialet, fiscal actuante y litigante en el caso penal cuestionado, quien reveló que en más de 8 audiencias llegaron tarde al tribunal y la magistrada los había mandado a intimar.

Informó que Padilla Rosario había tomado parte activa para el conocimiento de la audiencia, realizando ingentes esfuerzos y diligencias para el traslado de los procesados, al punto de llamar directamente a los alcaides responsables de los referidos traslados; actuaciones todas que están contenidas en actas y reposan en el expediente.

En sus consideraciones, el CPJ estableció claramente que la imparcialidad y la independencia judicial de los jueces, constituyen la piedra angular del sistema de justicia, pues todos los juzgadores deben decidir los asuntos sometidos a su escrutinio con justicia y equidad; principios que de ser soslayados afectarían no solamente al Poder Judicial, sino a la seguridad jurídica del Estado y los derechos de todas las personas.

El dispositivo de la resolución descargó a la magistrada Padilla Rosario y ordenó  su reposición en sus funciones a partir de la notificación de la decisión.

Redacción Z Digital

LO MÁS LEÍDO