Consejo del Poder Judicial

Consejo del Poder Judicial aprueba el plan de continuidad de las labores judiciales

martes 19 mayo , 2020

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El Consejo del Poder Judicial aprobó este martes el plan de continuidad de las labores judiciales en el cual se establecen los lineamientos que guiarán el proceso de reintegración a la jornada laboral de forma presencial, favoreciendo el desarrollo gradual de las labores administrativas y jurisdiccionales, apoyado en herramientas digitales y tomando las medidas de prevención necesarias para evitar la propagación del COVID-19.

A través de un comunicado, el órgano destacó en su resolución 004-2020 que para minimizar riesgos ante el retorno a las labores administrativas y jurisdiccionales de forma presencial, se han tomado previsiones para garantizar las condiciones de salud y seguridad en los centros de trabajo, tomando como referencia las medidas internacionalmente aconsejadas.

En cuanto a la labor jurisdiccional y administrativa, el plan de continuidad de labores judiciales contempló la apertura gradual, partiendo de la fase actual en donde se mantienen en funcionamiento, únicamente, las Oficinas Judiciales de Servicios de Atención Permanente de la Jurisdicción Penal.

En todo el territorio nacional las OJSAP, además de sus atribuciones ordinarias, han atendido los casos de urgencia tendentes a la protección de derechos fundamentales que puedan reclamarse mediante el hábeas corpus y las acciones de amparo.

Antes de pasar al primer grado de apertura, el Poder Judicial aseguró que realizará limpieza y adecuación de sedes judiciales, definición del personal que trabajará de forma presencial, simulacro de controles de acceso, divulgación del plan de retorno, distribución de materiales de protección a servidores judiciales y organización interna de los trabajos jurisdiccionales y administrativos.

En el texto se explicó que la fase inicial, que comienza el primero de junio, contempla el inicio parcial de ciertas actividades en las principales sedes a nivel nacional y que el Consejo dispondrá la reapertura de trámites y medidas que por el carácter definido en las normas que regulan sus diversos procedimientos sean consideradas urgentes y tendentes a la protección de los derechos fundamentales.

Asimismo, precisó que en todo caso, el juez o la jueza evaluará las condiciones de urgencia de las solicitudes y determinará si cumple o no con el carácter preventivo, provisional y anticipado que dispongan las leyes o con las condiciones y exigencias establecidas previamente.

Además, los tribunales deberán utilizar el tiempo de la fase inicial para la tramitación y fijación de toda solicitud que requiera audiencia, siempre que esta pueda sustanciarse de forma totalmente virtual y la demora comporte una limitación injustificada a los derechos a los que se vincula la solicitud.

En relación con la tramitación de los servicios de manera presencial en la etapa inicial, el plan contempla que las sedes abiertas cubran sus distritos judiciales y las cortes de apelación y equivalentes que tienen asiento en el distrito judicial o municipios, en el caso de la provincia de Santo Domingo y que las principales Oficinas de Registro de Títulos y Mensuras Catastrales estarán abiertas para los servicios presenciales.

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