La Alcaldía de Santiago notificó una vez más a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos sobre la prohibición existente para la colocación de propaganda política durante la precampaña y la campaña electoral con miras a las elecciones del año 2020, tal y como lo ha dispuesto la Junta Central Electoral (JCE).
La Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos prohíbe y sanciona la propaganda en el período de precampaña, en virtud del artículo 41, que establece claramente el período de la campaña interna en los partidos políticos, disposición que el ayuntamiento local asegura hará cumplir.
En la notificación enviada por las autoridades municipales, se recuerda que los procesos internos de los partidos y agrupaciones y movimientos políticos para la escogencia de los precandidatos a puestos de elección popular, se inicia el primer domingo del mes de julio y concluye con la escogencia de los candidatos.
Mediante una nota de prensa, la Alcaldía del municipio de Santiago informó que es la segunda ocasión que el ayuntamiento notifica a la dirigencia local de cada partido, agrupación o movimiento, sobre las disposiciones establecidas en la Ley 33-18 en lo referente a la colocación de propaganda durante el período de precampaña, los espacios y zonas prohibidas.
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El Ayuntamiento indicó que no se permitirá propaganda con pintura en las calles, aceras, contenes, postes del tendido eléctrico, árboles, así como de cualquier propiedad pública, con los colores, emblemas o símbolos del candidato o el partido, agrupación o movimiento político que lo postule.
Lo mismo que en afiches, vallas, cruzacalles, calcomanías, adhesivos, distintivos, murales, altoparlantes (disco light) y cualquier otro medio de publicidad partidaria, que no se coloque acorde con lo establecido en la ley o que no se coloque en los locales de los partidos, agrupaciones o movimientos políticos.
También, el uso de pintura y los afiches no removibles solo serán permitidos en los locales de los partidos, movimientos y agrupaciones políticas.
Igualmente, tampoco se permitirá la propaganda que perjudique la estética urbana, daño al medioambiente y los recursos naturales, o contravenga las disposiciones sobre ornato municipal, incluyendo las áreas verdes.
Recordó que deberán acatar y observar en todas sus partes las disposiciones legales, tanto en el plazo como en la forma, dentro de los límites territoriales del municipio, ya que en caso contrario, procederán a aplicar con carácter de rigurosidad las sanciones aplicables para el caso de la especie.