El presidente Luis Abinader dispuso este jueves la creación de 10 gabinetes con el propósito de garantizar mayores niveles de coordinación entre los organismos públicos e incrementar la eficiencia, eficacia y agilidad en la toma de decisiones de la administración pública.
Los gabinetes instituidos de manera "permanente", según lo establece el decreto 498-20, son el Económico; Social; Salud; Educación y Cultura; Promoción de Inversiones; Turismo; Familia; Sector Agua; Sector Construcción, y del Sector Eléctrico.
Estos consejos consultivos, como reza la orden del Ejecutivo, estarán integrados por instituciones estatales, entidades de la sociedad civil y personas físicas cuyas actividades y perfil resulten afines al objetivo y función de los organismos creados.
La disposición afirma que el presidente de la República podrá determinar la creación de otros gabinetes con el mismo fin y naturaleza, conforme a la conveniencia de la administración pública y también podrá aumentar, reestructurar, reducir o revocar a las personas que integrarán dichos organismos.
Entre las funciones de los gabinetes están la coordinación de criterios y el análisis de la áreas asignadas a los fines de diseñar políticas, estrategias y planes que fomenten el desarrollo del país y presentar recomendaciones al Ejecutivo para la toma de decisiones.
Los gabinetes estarás adscritos a Ministerio de la Presidencia y dependerán "funcionalmente" del presidente de la República.
El artículo 5 del decreto asegura que en razón de la naturaleza de estos gabinetes, su conformación "no implicará erogación presupuestaria alguna".