Dictan inconstitucionalidad de artículo de Ley 33-18 que prohíbe «mensajes negativos» en redes

viernes 5 abril , 2019

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Foto: Twitter Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el artículo 44, numeral 6 de la ley 33-18 de Partidos Políticos, que prohíbe «la difusión de mensajes negativos a través de las redes sociales que empañen la imagen de los candidatos».

El organismo emitió este viernes un comunicado en su página en el que acoge la forma y el fondo de la acción incoada por  inconstitucionalidad presentada por Namphi A. Rodríguez, Héctor, Herrera Cabral y la Fundación Prensa y Derecho.

Rodríguez y Cabral elevaron su instancia en septiembre del año pasado, en la que consideraban que el artículo 44 de la ley de Partidos Políticos es violatorio a los artículos 40, numeral 15, 49; 49, numeral 1; 69 numeral 7; y 74 numerales 2 y 4 de la Constitución de la República.

El Constitucional declaró el proceso libre de costas y ordenó comunicar su decisión a quienes incoaron la instancia, así como al Senado de la República, a la Cámara de Diputados y la Procuraduría General de la República.

El tribunal también explicó que las sentencias íntegra será publicada próximamente en el portal de esa institución.

Agencia EFE

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