El Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó este viernes a la Junta Electoral del Distrito Nacional (JEDN) la revisión y cuadre de las actas de escrutinio de votos de 48 colegios electorales de la Circunscripción Dos de la capital, así como la revisión de todos los votos nulos en los niveles D y D1 de diputaciones.
La disposición está contenida en la Ordenanza SE-040-2020, dada a conocer este viernes por el pleno de esta alta corte, que acogiò en parte una demanda en referimiento del candidato a diputado Joel Rafael Dìaz Ureña, del Partido Revolucionario Dominicano (PRD).
El Tribunal rechazó en su dispositivo una parte de la demanda de Joel Díaz, mediante la cual reclamaba la revisión y cuadre de actas de otros 136 colegios electorales de la indicada Circunscripción, en vista de que la Junta Central Electoral (JCE) demostró ante el pleno de jueces que habìa cumplido con una sentencia anterior de esta corte.
Díaz Ureña depositó la demanda en referimiento el pasado 10 de agosto, en reclamo de que la JCE y la JEDN dieran cumplimiento a la sentencia TSE-773-2020 dictada por el TSE el 28 de julio de 2020, que ordenaba la revisión de los votos nulos en la Circunscripciòn Dos del Distrito Nacional.
La revisión y cuadre de las actas de escrutinio deberá realizarse en los colegios electorales 315A, 8, 319A, 320A, 321A, 323A, 331A, 333, 340A, 343, 345, 345A, 346E, 346F, 347B, 355, 357, 408A, 1184, 1188, 1292, 1303, 1304A, 1316B, 1337A, 1354, 1354A, 1376C, 1412A, 1433A, 1446, 1456, 1459C, 1531, 1536C, 1537, 1651, 1763, 1769, 1779, 1815,
1851, 1853, 1861, 1864, 1919, 1928, 1955 y 1959, según el ordinal a) de la Ordenanza del TSE.
En el ordinal b), dispuso: "La revisión de la totalidad de los votos nulos del nivel de diputaciones en la
Circunscripción núm. 2 de dicha demarcación, según lo dispuesto en el ordinal sexto del dispositivo de la sentencia TSE-773-2020 de esta Alta Corte, ya que según consta en el expediente dicho órgano se limitó a revisar una muestra de los indicados votos nulos y a partir de ello realizar una proyección, lo que no se ajusta al mandato contenido en la
sentencia antes referida ni al precedente contenido en la sentencia TSE-740-2020 dictada por esta jurisdicción especializada".
El TSE dispuso la imposición de un astreinte de 5 mil pesos diario a la JCE y a la JEDN por cada dìa de incumplimiento de la Ordenanza dictada en favor del aspirante a diputado Joel Rafael Dìaz Ureña por el PRD en la referida demarcación electoral.
En la parte sexta del dispositivo, el TSE ordenò, ademàs, la ejecución provisional de la misma, según lo que establece el artículo 3 de la Ley Orgánica 29-11, que creò a la esta corte contenciosa electoral.
En otras disposiciones, el TSE rechazó de oficio una solicitud de revisión de una sentencia de rechazo a una peticiòn para revisar las actas y votos nulos que hizo el excandidato a diputado por la Fuerza del Pueblo Julio César Horton Espinal en la Circunscripciòn Dos del Distrito Nacional.
Tambièn rechazò revisar una sentencia dictada en contra del aspirante a diputado Aris Iván Lorenzo Suero y el PLD.