El Tribunal Superior Administrativo (TSA) avaló la decisión de la Junta Central Electoral (JCE) sobre el orden en que aparecerán las boletas de los partidos políticos para las elecciones presidenciales y congresuales del próximo 5 de julio.
Al dar a conocer este domingo la Sentencia Núm. 0030-03-2020-SSEN-00090, emitida por el TSA este 23 de mayo de 2020, indica que esa corte determinó que el órgano electoral actuó de conformidad con la ley al emitir las resoluciones No. 34/2019 y 35/2019, dictadas en fecha 10 y 17 de diciembre del año 2019, respectivamente, en virtud de la facultad reglamentaria que la Constitución le ha conferido en los asuntos de su competencia.
Indica que la referida Sentencia rechazó el recurso contencioso administrativo incoado por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) contra las Resoluciones N0. 34/2019 y 35/2019, dictadas por la JCE en fecha 10 y 17 de diciembre del año 2019, respectivamente, por considerar que “dichas decisiones se encuentran debidamente fundamentadas en derecho y que se cumplió con el procedimiento de ley correspondiente”.
Según esa sentencia, “al no verificarse quebrantamiento alguno a precedente administrativo, no procede referirse a supuestas violaciones de los principios de seguridad jurídica y confianza legítima sustentados sobre dicho argumento", refirió la JCE.
Afirma que emitió las resoluciones recurridas por el PRD ante el TSA, en ausencia absoluta de base legal, el pleno de la JCE entiende importante establecer que las decisiones impugnadas se presumen válidas, por amparo de las disposiciones contenidas en el artículo 10 de la Ley 107-13, que indica que todo acto administrativo se considera válido en tanto su invalidez no sea declarada por autoridad administrativa o jurisdiccional de conformidad a esta ley.
Recuerda que la Resolución No. 34/2019 estableció como criterio para la determinación del orden de los partidos, entre otros, “la sumatoria de los votos válidos obtenidos de manera individual por cada partido político en los niveles presidencial, congresual y municipal de las pasadas elecciones ordinarias generales que fueron celebradas el 15 de mayo del año 2016”.
En un comunicado enviado a los medios de comunicación, la JCE refiere que esa resolución se dictó luego de que el Tribunal Constitucional anulara la decisión del Tribunal Superior Electoral No. 03-17, que revocaba la Resolución No. 2/2017, en la cual el pleno de la JCE estableció por primera vez dicho criterio.
El orden de las boletas de los partidos políticos establecido por la JCE ha sido objeto de controversias entre las organizaciones que participaron en el certamen electoral del 2016, fundamentalmente entre los partidos Revolucionario Dominicano (PRD) y Reformista Social Cristiano (PRSC) dicen haber resultado favorecidos con los votos para ocupar la casilla número tres en las boletas electorales presidenciales y congresuales del 2020.