La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) manifestó hoy su inquietud ante las implicaciones que la recién aprobada ley 1-24 que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) en República Dominicana conlleva para la libertad de prensa y la protección de las fuentes confidenciales de información.
La norma, promulgada el 15 de enero por el presidente Luis Abinader, regula el Sistema Nacional de Inteligencia y la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI). El gobierno dice que la ley "representa un paso importante en la lucha contra el terrorismo, el narcotráfico, las ciberamenazas y la corrupción", al proporcionar "la herramienta legal necesaria", según afirmó el vocero de la Presidencia en un comunicado.
Organizaciones locales que representan a los medios y a los periodistas, como el Colegio de Periodistas y la Sociedad Dominicana de Diarios, criticaron la ambigüedad de algunos artículos de la ley y advirtieron sobre sus posibles impactos negativos en el ámbito de la libertad de prensa, el derecho a la privacidad y el secreto profesional.
El artículo 11 de la nueva legislación, por ejemplo, cita que "todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas, sin perjuicio de las formalidades legales para la protección y garantía del derecho a la intimidad y el honor personal, estarán obligadas a entregar a la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) todas las informaciones que esta requiera sobre las cuales se tengan datos o conocimiento, relativas a las atribuciones señaladas en el artículo 9 de esta ley, para el cumplimiento de sus funciones de inteligencia y contrainteligencia, a los fines de salvaguardar la seguridad nacional".
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El presidente de la SIP, Roberto Rock, dijo: "Si bien reconocemos la importancia de las leyes de seguridad nacional para proteger los intereses y las instituciones del Estado frente a la amenaza del terrorismo, una regulación tan amplia que obligue a instituciones privadas, como los medios de comunicación, a entregar todas las informaciones que se requieran, puede tener implicancias negativas sobre la confidencialidad de las fuentes periodísticas y el derecho a la privacidad".
El artículo 26 de la cuestionada ley establece sanciones penales, como prisión de dos a tres años y multas desde nueve a quince salarios mínimos del sector público, contra quienes "oculten informaciones" requeridas por la DNI.
El presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, Carlos Jornet, editor periodístico de La Voz del Interior, Argentina, agregó que "el lenguaje amplio y ambiguo de esta ley, sumado a su carácter sancionatorio, puede fomentar la autocensura entre periodistas y medios de comunicación, con el impacto que ello causaría en el derecho de todos los dominicanos a acceder a información, un derecho consagrado en la Constitución".
Jornet subrayó que el secreto profesional periodístico es una pieza central para que quienes informan a la sociedad ejerzan su labor con plena libertad y es, además. un instrumento clave para que la ciudadanía acceda a datos de interés público.
República Dominicana había avanzado en 2023 a la posición número uno entre 22 países según el Índice Chapultepec de la SIP, un barómetro que mide la situación de la libertad de prensa en las Américas.