El Senado de la República declaró de urgencia y aprobó este miércoles en dos lecturas consecutivas el proyecto de ley especial transitoria para la terminación de obras públicas inconclusas y de alta prioridad.
La normativa legislativa tiene por objeto permitir y garantizar que las obras de construcción de escuelas, hospitales y obras viales que se encuentran suspendidas por falta de partidas presupuestarias que permitan la cubicación, con carácter transitorio, debido a que las mismas superan el 25 por ciento del monto inicial contratado o aquellas que no han iniciado, puedan ser concluidas por el ente contratante previo informe del Ministerio de Obras Públicas.
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La entidad contratante tendrá la facultad, sin perjuicio de las condiciones que estuvieren en los pliegos de condiciones, o en la documentación contractual, de modificar, disminuir o aumentar el contrato original de la obra, siempre y cuando se mantenga el objeto, cuando se presenten circunstancias que fueron imprevisibles en el momento de iniciarse el proceso de contratación y esa sea la única forma de satisfacer plenamente el interés público.
En su artículo 2, la ley autoriza al Ministerio de Educación, a la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado o su continuador jurídico, en coordinación con el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones y el Servicio Nacional de Salud a desarrollar el plan de terminación de las obras que conllevan una ejecución superior al tope límite del 25 por ciento del presupuesto base.
Además, que complete la inversión pública, y a las entidades correspondientes para contratar las adendas, conforme a las disposiciones de la referida ley.