Recientemente había referencia al ahorro por aportes de empleados y empleadores para el retiro laboral, recursos que están a cargo de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) para invertirlos y hacer que su rendimiento sea mayor.
De hecho, si usted consulta su estado de cuenta de ahorro de capitalización individual en su AFP, se dará cuenta de la cantidad de dinero que tiene acumulado y puede, incluso, calcular a futuro para determinar “más o menos”, cuánto le saldría de pensión al cabo de 30 años de cotizaciones y tras superar la edad de retiro, que en este caso son los 60 años.
El punto es que en forma adicional, las entidades financieras y los puestos de bolsa también captan capital de particulares para invertirlos en certificados de depósitos y bonos del Estado (Ministerio de Hacienda y Banco Central), que ofrecen un rendimiento fijo, en ocasiones muy atractivo y otras veces menos, pero casi siempre en un nivel parecido al rendimiento de los fondos de pensiones.
Entonces, puede darse el caso de que cuando usted vaya a retirarse, al cabo de 30 años de cotización su fondo de pensiones esté en un novel de 10 millones de pesos, por ejemplo, y que su AFP le diga que con ese monto acumulado, le puede salir una pensión de 40,000 pesos mensuales, hasta agotar el capital o de 35,000 pesos mensuales de por vida, a través de una firma aseguradora.
Pero resulta que cuando usted va a un banco múltiple cualquiera y pregunta qué tasa le pagarían de rendimiento por un certificado a plazo fijo de 10 millones de pesos, posiblemente le digan que le darán un rendimiento de 8 % anual, lo cual es menos del rendimiento promedio de 12 % que dicen las AFP que tienen en la actualidad.
El caso es que, con un rendimiento de 8 % anual, un certificado de 10 millones de pesos, luego de descontar el 10 % de impuestos a los intereses, el banco le estaría pagando un neto de RD$60,000 mensuales; más de un 50 % por encima de lo que le saldría de pensión. Esto, con la ventaja de que su capital de 10 millones de pesos nunca se agotará.
Es en ese momento que los trabajadores comenzarán a analizar y a preguntarse por qué su fondo de pensión acumulado le ofrece una pensión mucho menor de lo que le saldría si, en cambio, toma ese dinero y lo deposita en un certificado a plazo en un banco o en el mercado de valores.
¿Qué explicación tendrán las AFP y las autoridades del sistema dominicano de seguridad social a esa situación? ¿Cómo es posible que una cantidad de dinero acumulada, con un rendimiento supuestamente superior al promedio del sistema financiero, ofrezca una pensión menor que el monto por interés que puede ofrecer la misma cantidad de dinero en un instrumento financiero de inversión?
Cuando llegue el momento de comenzar a pensionar a trabajadores por edad de retiro, es decir, a partir del 2033, al cabo de 30 años del inicio de las cotizaciones por ahorro individual a través de la Ley 87-01, esos empleados en retiro comenzarán a protestar y a reclamar, en ese momento, tal vez con razón justificada, que les devuelvan sus fondos para ellos invertirlos de forma particular.
Eso es algo que no están tomando en cuenta las AFP, la Superintendencia de Pensiones (Sipen) y el propio Gobierno, a pesar de que es seguro que tienen conocimiento de esa situación, aunque la ignoren porque “falta mucho tiempo todavía”.
Sin embargo, 10 años pasan más rápido de lo que uno se imagina, y es en ese momento que la situación se complicará.
Todo lo anterior, tomando como referencia un rendimiento de 8 % anual. Puede darse en caso de que, de aquí a allá, las tasas estén más altas y la situación sea aún más compleja para el sistema que dirige y administra una cantidad extraordinaria de dinero donde no parece que la pensión por recibir esté ni cerca de lo que ofrecen los bancos por un certificado donde el capital (ahorro) nunca se agota como pasaría con los fondos de pensiones, de acuerdo con el esquema actual.
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