Ana Bélgica Guichardo

Redes sociales: ¿una ley electoral puede suprimir la libertad de expresión?

jueves 21 febrero , 2019

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Ana Bélgica | Foto: Kelvin de la Cruz

Con la masificación de las tecnologías, frecuentemente somos testigos de acontecimientos que se vuelven virales y de las reacciones de los poderes públicos sobre estos temas, y en la región iberoamericana, suceden casos tan curiosos como preocupantes.

Por un lado, se despierta una reacción colectiva que se expresa en la solidaridad con causas concretas como los derechos de las mujeres, de los envejecientes, por ejemplo, y condena los abusos contra los más débiles y esto se transfiere al derecho común, lo que a su vez fortalece los derechos civiles de las minorías.

Sin embargo, también hay hechos que llaman la atención. Casi una decena de jóvenes condenados a varios años de cárcel en España, acusados de delitos relacionados con insulto a la corona y a la policía, por enaltecimiento de la violencia o apología del terrorismo. Sin duda alguna, hay algo que no está bien en todo esto.

Son los dos extremos que marcan el punto de discusión sobre las redes sociales, fuera de las fakes news (noticias falsas), pues ese es otro tema. Es aplaudible que las redes sirvan para contrarrestar la ola de xenofobia y de machismo que, desde los Estados más grandes del mundo y con la aprobación de sus electores, se ha propagado.

Lo que es preocupante es que al mismo tiempo se pueda generar una cacería de brujas desde las redes, con la aprobación de legislaciones que lesionan los derechos la ciudadanía, que paga con sus impuestos el estado actual de esos poderes públicos.

Tal es el caso de la reciente aprobación de la Ley de Partidos Políticos el año pasado y la de Régimen Electoral promulgada recientemente, que en varias de sus disposiciones dan la fuerza de ley mordaza a la palabra de quienes hacen vida a través de las redes sociales.

Los legisladores dominicanos y el presidente de la República aprobaron la Ley orgánica 15-19 de Régimen Electoral y la Ley de Partidos 33-18 que impone en su artículo 44, ordinal 6, penas de prisión de tres meses a un año a los que difundan mensajes negativos a través de las redes sociales, algo que es inconstitucional según lo planteado por diversos juristas y organizaciones como Participación Ciudadana.

Lo legítimo es que las personas manifiesten su pensamiento por cualquier vía que así lo decidan, sin temor a ser reprimidas por sus ideas. Así lo consigna el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1949, sí hace más de medio siglo. Además, la Constitución en el artículo 49 estipula que toda persona tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, ideas y opiniones por cualquier medio.

Si estas disposiciones legales son aplicadas con el rigor con que han sido escritas, entonces tendremos pronto en el país, no decenas, sino cientos de jóvenes que transmiten mensajes negativos por las redes de los políticos, sometidos a la Justicia una vez que estos políticos se conviertan en candidatos a cualquier cargo electivo.

En el peor de los casos, tendremos unas redes sociales amordazadas, pintando un cuento de hadas como país, en las maravillas de la política dominicana. ¡Qué Dios nos ampare!

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Ana Bélgica Guichardo

Docente y periodista. Doctoranda de segundo año en Comunicación y Periodismo con una tesis sobre el uso de las nuevas tecnologías. Especializada en Tecnología Educativa y en Gestión Universitaria. Diplomada en Redacción Académica.

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