Nahirobi Peguero Panorama migratorio

Pros y contras de la salida (deportación) voluntaria

miércoles 19 septiembre , 2018

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Foto: Nahirobi Peguero

Un juez de inmigración puede otorgar salida voluntaria (popularmente conocida como deportación voluntaria) bajo la sub-sección 240B(b) de la Ley de Inmigración y Naturalización de Estados Unidos (INA, por sus siglas en ingles).

Mientras una persona está en proceso de deportación, es elegible para salida voluntaria, si reúne las siguientes condiciones:

  • (A) Ha estado físicamente presente en Estados Unidos por un periodo de por lo menos un año, antes de ser notificado para audiencia.
  • (B) Ha sido una persona de buen carácter moral, por lo menos cinco años antes de haber aplicado para salida voluntaria.
  • (C) No es deportable debido a una condena por crimen agravado o relacionado con seguridad.
  • (D) Ha demostrado con evidencias claras y convincentes que tiene los recursos para, y la intención de salir de los Estados Unidos. (Véase INA 240B(b)).

La salida voluntaria por esta vía tiene beneficios. Un recipiente de salida voluntaria puede retornar a su país en un vuelo comercial, sin necesidad de estar vigilado por agentes de inmigración estadounidense. La salida voluntaria también da la oportunidad de despedirse de familiares y amigos, y hacer ajustes del hogar. Otra ventaja es que la persona que recibe salida voluntaria no está sujeta a un periodo de inadmisibilidad por orden de deportación. Sin embargo, este último beneficio puede ser insignificante si la persona que recibe salida voluntaria tiene otra razón de inadmisibilidad.

Aunque puede ser beneficioso optar por salida voluntaria, habría que poner los factores en una balanza para determinar si es lo más conveniente. Existen consecuencias graves cuando un beneficiario de salida voluntaria no parte de Estados Unidos dentro del tiempo establecido por el juez. Entre estas consecuencias están: pago de una sanción civil monetaria; impedimento automático de diez años para obtener cancelación de deportación o cambio de estatus; la salida voluntaria podría convertirse, automáticamente, en una orden de deportación. (Véase INA 240B).

Antes de aplicar a salida voluntaria, el solicitante debe considerar si es lo más conveniente bajo sus circunstancias. No todos los casos son idénticos; por ende, las decisiones de solicitudes de salida voluntaria y las consecuencias de la misma varían.

Si está considerando aplicar para salida voluntaria o ya obtuvo una, le recomiendo consultar un abogado de inmigración que le explique las leyes, los beneficios que aplican en su caso, y las consecuencias de cualquier acción luego de recibir la salida voluntaria.   

Para más información sobre este tema, no dude en contactarme a:  Correo: [email protected]. Instagram: @nplaw_consulting. Facebook: @nplawandconsulting.


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Nahirobi Peguero

Doctora en Leyes, egresada de Ave Maria School of Law en Florida, EE.UU. | Magíster en Administración Pública, egresada de John Jay College en Nueva York, EE.UU. | Experiencia en derecho migratorio, penal y de familia estadounidense.

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