El Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (Procompetencia) ordenó el inicio del procedimiento administrativo sancionador contra las sociedades comerciales PROVILUZ, S.R.L. y GRUPO MACCABI, S.R.L., por presunta violación del artículo 5, literal "b" de la Ley núm. 42-08, el cual prohíbe las prácticas colusorias en contrataciones públicas.
La admisión a trámite del expediente se realizó tras analizar el informe de instrucción que presentó la Dirección Ejecutiva de ProCompetencia, en relación con el procedimiento de investigación iniciado mediante Resolución núm. DE-012-2022, el cual señala indicios razonables de la existencia de prácticas colusorias por parte de las empresas investigadas en el mercado, relativo al proceso de contratación pública denominado Comedores Económicos CCCLPN-2022-0009.
Entre los hallazgos presentados por la Dirección Ejecutiva se encuentran: la relación entre los accionistas de ambas empresas pertenecientes a un mismo núcleo familiar, la coincidencia en los precios y productos ofertados, así como la representación mutua en la fase de ejecución contractual.
El Consejo Directivo, de comprobar las conductas alegadas por la Dirección Ejecutiva contra los agentes económicos antes señalados, podrá imponer multas que oscilan entre 200 y 3000 veces el salario mínimo, de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 61, literal "b" de la Ley núm. 42-08 General de Defensa de la Competencia.
La Resolución núm. 002-2024 fue aprobada, a unanimidad de votos, por el Consejo Directivo de ProCompetencia, compuesto por María Elena Vásquez Taveras, presidenta; Gianna Liz Franjul Rivera, miembro y secretaria "Ad Hoc"; Francisco Manuel Pimentel Vásquez, Keryma Marra Martínez y María Elisa Holguín López, miembros, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, el 26 de febrero del 2024.