El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor) consideró este miércoles que la Suprema Corte de Justicia interpretó "erróneamente" el contenido de la resolución de referencia en su sentencia sobre la facultad legal del organismo para ordenar compensación o devolución del pago de un servicio a título de compensación en el ámbito de un contrato civil suscrito por los administrados.
A través de un comunicado, aclaró que la resolución impugnada por la sentencia 0537 del 31 de mayo de 2022, fue emitida en gestión anterior.
"Esta dirección actúa siempre apegada a lo que establece su norma 358-05, la Constitución de la República y demás leyes sectoriales, y se ha caracterizado por actuar siempre apegada al marco de su competencia. Pro Consumidor continuará defendiendo los derechos de los consumidores, que en definitiva somos todos los dominicanos", agregó.
- Lee también: Pro Consumidor depositará recurso de revisión ante SCJ contra sentencia sobre su facultad sancionadora
La decisión de la Tercera Sala casa la sentencia núm. 0030-1642-2021-SSEN-00191, de fecha 4 de junio de 2021, dictada por la Cuarta Sala de Liquidación del Tribunal Superior Administrativo, contentiva a una reclamación presentada contra la sociedad comercial Compañía Panameña de Aviación, S.A. (COPA), y envía el asunto ante la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo.
Con relación a lo decidido por la Suprema Corte de Justicia en su sentencia 0537 del 31 de mayo de 2022. pic.twitter.com/0A4BS82koV
— ProConsumidor (@ProConsumidorRD) August 2, 2022