El partido Revolucionario Dominicano (PRD) calificó de arbitraria, desprorcionada e ilegal la resolución dictada por la Junta Central Electoral (JCE) que remueve a ese partido de la posición 3 en el orden de los recuadros de las boletas electorales por lo que pretenden accionar ante la justicia.
Un comunicado señala que por intermedio de sus abogados, el PRD explica que el Tribunal Superior Administrativo, en su sentencia 0030-2020 del pasado 22 de mayo, no ordenó esa derogación sino que tan solo rechazó el recurso del PRD contra la resolución de la JCE de fecha 10 de diciembre de 2019, ya derogada por la propia Junta en la resolución 49/2020.
“Se trata de una decisión arbitraria, desproporcionada, carente de fundamento jurídico, ilegal e inconstitucional, pues el Tribunal Superior Administrativo, mediante su sentencia No. 0030-2020-ETSA-03074 de fecha 22 de mayo de 2020, dictada por su Segunda Sala, no ordenó esa derogación sino que tan solo rechazó el recurso del PRD contra de la Resolución No. 34/2019 de fecha 10 de diciembre de 2019, dictada por la JCE; y ya derogada por la resolución 49/2020”, precisó.
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Señaló que la resolución 49/2020 es válida, en tanto no sea declarada invalida por una autoridad administrativa o jurisdiccional, de conformidad con el artículo 10 de la Ley No. 107-13 sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y del Procedimiento Administrativo, de fecha 8 de agosto de 2013.
El PRD agregó que los órganos administrativos pueden declarar, por iniciativa propia o a solicitud de interesado, lesivos para el interés público los actos favorables para los interesados nulos o anulables, a fin de proceder a su ulterior impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Reiteró que es importante recordar que el recurso de casación tiene efectos suspensivos, es decir, que la sentencia No. 0030-2020-ETSA-03074 no se puede ejecutar durante el plazo fijado por el legislador para intentar dicho recurso ni durante su vigencia.