A tu celular llega un video en el que se ve a dos estudiantes discutiendo. Por sus gestos y el tono de voz entiendes que aquello no terminará bien. Y en efecto así es. Uno de los jóvenes pierde los estribos y golpea al otro. Este último se defiende y ambos caen al piso entre patadas y puñetazos.
La escena te parece divertida o indignante. Cualquiera de las emociones que emanan de ti te llevan a compartir el video en tus redes sociales. Tus contactos lo ven y hacen los mismo que tú. La pelea de dos menores de edad se vuelve viral; se crea una bola de nieve tan grande que aquellas imágenes llegan a los medios de comunicación y estos a su vez las reproducen convirtiendo aquello en noticia.
Plan Internacional República Dominicana (Plan RD) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), consultados por Z Digital, manifiestan que en algunos casos, informar acerca de un menor de edad puede exponerle al riesgo de sufrir represalias o difamación, por lo que en los casos en que niños, niñas y adolescentes estén involucrados en hechos de violencia o en conflicto con la ley, no se debe publicar sus fotografías ni datos personales a fin de preservar su identidad.
Plan RD recomienda no identificarlos para que no sean discriminados en sus comunidades y aclara que no se trata de censurar la información, sino de que los comunicadores puedan buscar otras formas de divulgar este tipo de sucesos.
Otro aspecto a tener presente es el cuidado del uso de imágenes de niños y niñas, que debe ser considerado desde la perspectiva de una posible “revictimización”, es decir, de volver a revivir situaciones traumáticas o estigmatizantes.
Plan International, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) y Visión Mundial exhortan a los medios de comunicación a que apelen a los principios éticos consensuados por estas organizaciones, que establecen:
- La dignidad y los derechos de la niñez deben respetarse en cualquier circunstancia.
- Se deber tener en cuenta de manera especial su derecho a la intimidad y confidencialidad.
- A la hora de determinar qué es lo mejor para el niño, niña o adolescente se ponderará debidamente el derecho a que su opinión sea tenida en cuenta conforme a su edad y grado de madurez.
- Para valorar las posibles derivaciones políticas, sociales y culturales de cualquier reportaje se consultará a las personas más cercanas al niño, niña o adolescente que conocen su situación.
- No se publicarán textos o imágenes que, incluso habiendo modificado u omitido los nombres u ocultado los rostros, puedan suponer riesgos para el menor, sus hermanos, familiares o compañeros.
- No se entrevistarán a personas menores de edad abandonadas, en hogares de paso, centros de acogida o refugios, que no cuenten con un tutor o persona responsable identificada.
Resaltan que algunos programas de televisión utilizan un filtro sobre la imagen cuando muestran a niños en situaciones de vulnerabilidad o víctimas de hechos de violencia o en conflicto con la ley.
Afirman que no se trata de censurar la información, sino de que los comunicadores puedan buscar otras formas de divulgar este tipo de sucesos, ya sea hablando con los adultos, autoridades involucradas o entrevistando a especialistas.
Las entidades repudian la acción de mostrar las imágenes de niños, niñas y adolescentes víctimas de situaciones traumáticas porque generan cierto morbo en la audiencia que no aportan a la solución de la problemática, dañan su dignidad y afectan su integridad física y emocional, pudiendo ocasionar secuelas de por vida.
Insisten en que hay que tener el cuidado de no promover la imitación de parte de otros pares ni motivar la reproducción de patrones de violencia por parte de niños, niñas, adolescentes para lograr atención mediática, especialmente en edades en que algunos buscan un reconocimiento social.
Medios que lo hacen violan la ley
Los medios de comunicación que divulgan las imágenes, que pudieron ser de otros hechos más violentos y hasta sexuales, violan la Ley 136-03 del Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
En una tesis realizada por la especialista en el derecho de los menores la abogada Margarita Reyes Paulino, se plantea que el código para el sistema de Protección a Niños, Niñas y Adolescentes consagra que el Estado debe garantizar con absoluta prioridad y efectividad, además del derecho a la vida, a la salud y educación, el respeto a su dignidad.
También afirma que la personalidad de un individuo siempre ha estado determinada por los factores psicológicos y sociales de su entorno.
En ese sentido, el entorno en que se desarrolla ese joven debe ser tomado en cuenta al momento de analizar su conducta: relación filial, tipo de familia parental o monoparental, vivienda, etc.
Sobre el código del menor
El artículo 12 de la Ley 136-03 consagra el derecho que comprende el respeto a la dignidad, incluyendo la preservación de la imagen e identidad, que está unido a la protección de la imagen y por lo que se prohíbe disponer o divulgar a través de cualquier medio, la imagen y datos de los Niños, Niñas y Adolescentes en forma que puedan afectar su desarrollo físico, moral, psicológico e intelectual.
A los fines de demostrar, la ciencia no ha determinado si a los 18 años los jóvenes cuentan con suficiente autonomía para actuar en el mundo social, y por vía de consecuencias, prever los actos y sus derivaciones positivas o negativas.
La tesis de Reyes arrojó que la edad jurídica de un joven no se puede asimilar a la edad biológica en la cual se encuentra en estado crítico, en el proceso de ruptura con la adolescencia y la adultez.
Sanción
Según el artículo 407 de la Ley 136-03, las sanciones al propietario o director del medio de comunicación que incurra en violación al artículo 18 sobre el derecho a la intimidad, es de un mes a un año de prisión, así como al pago de una multa de 10 a 30 salarios mínimos.
La primera versión de este reportaje fue publicado el 6 de junio de 2017 en Z Digital por la periodista Alma Puello.