En la noche del 26 de marzo, durante la séptima jornada de toque de queda, la Policía Nacional detuvo 1,218 personas en un operativo a nivel nacional por incumplir esta medida excepcional de emergencia nacional.
“Estas cifras de detenidos deben seguir disminuyendo, es una responsabilidad ciudadana. Por ti y por los que amas, quédate en casa, colabora con nosotros, ayúdanos a ayudarte”, sostuvo la institución en un comunicado.
La Policía hizo un llamado a la población de tomar conciencia y que con responsabilidad cumpla estas medidas dispuestas por las autoridades.
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“La responsabilidad ciudadana es imprescindible para lograr que la velocidad de propagación de este virus se disminuya para proteger la salud y la vida de nuestros dominicanas y dominicanos”, indica.
Esta medida a partir de hoy viernes 27 de marzo y hasta el viernes 3 de abril tiene un nuevo horario de 5:00 p.m. a las 6:00 a.m. en todo el territorio nacional de acuerdo con el decreto 138-20 de la Presidencia de la República.
Las 5 excepciones establecidas Decreto 135-20 Presidencia de la República se mantienen:
- Personas dedicadas a los servicios de salud (Médicos, enfermeras, bioanalistas y personal paramédico)
- Personas con alguna emergencia médica que necesiten dirigirse a algún centro de salud.
- Personas dedicadas a labores de seguridad privada debidamente identificadas
- Miembros de la prensa y demás medios de comunicación debidamente acreditados
- Personal de las empresas distribuidoras de electricidad para atender, exclusivamente, situaciones de emergencia vehículos dedicados al transporte y distribución de mercancía, insumos y combustible, tanto urbano como interurbano.
Además de las establecidas por el decreto número 136-20 de la Presidencia de la República que adicionó las siguientes excepciones
- Vehículos dedicados al transporte y distribución de mercancías, insumos y combustible, tanto urbano como interurbano.
- Vehículos de empresas e instituciones prestadoras de servicio de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos para atender exclusivamente situaciones de emergencia.
- Personas que laboren en puertos y aeropuertos, en tránsito hacia o desde sus lugares de trabajo durante las horas del toque de queda, siempre que porten una identificación autorizada de la empresa.
- Personas que laboren en la industria y el comercio de alimentos, productos farmacéuticos e insumos médicos, en tránsito hacia o desde sus lugares de trabajo durante las horas del toque de queda, siempre que porten identificación de una empresa autorizada por la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Coronavirus.
- Personas y vehículos destinados a servicios funerarios, exclusivamente cuando estén en servicio.