Junto al Decreto 71501, que dio origen a la Oficina Nacional de Evaluación Sísmica y Vulnerabilidad de Infraestructura y Edificaciones (ONESVIE), la República Dominicana cuenta con otro pilar legal esencial para evitar tragedias como la del Jet Set: la Ley 68782 (Gaceta Oficial No. 9593, 27 de julio de 1982), que crea el Sistema de Reglamentación Técnica.
Bajo este marco, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones despliega dos órganos con funciones muy concretas: la Comisión Nacional de Reglamentos Técnicos de Ingeniería, Arquitectura y Ramas Afines —responsable de diseñar la política normativa— y la Dirección General de Reglamentos y Sistemas —encargada de elaborar, coordinar y vigilar la aplicación de reglamentos y normas en cada fase de obra. Así, al sumar la ONESVIE, contamos con tres instancias cuya misiones, en teoría, están perfectamente definida.
¿Qué son los reglamentos técnicos? Según la OMC, son documentos que fijan las características de un producto o proceso —incluyendo disposiciones administrativas— cuyo cumplimiento es de carácter obligatorio. No se limitan a describir métodos; incorporan procedimientos de evaluación de la conformidad (ensayos, inspecciones, calibraciones, certificaciones), establecen sanciones por incumplimiento y asignan responsabilidades claras a la autoridad reguladora.
Esta Ley 68782, hoy con 43 años de vigencia, resalta la importancia de requisitos y criterios de calidad en todas las etapas: desde el diseño, la construcción y el mantenimiento de las infraestructuras. Los ingenieros saben que los parámetros objetivos y bien definidosbuscan reducir las variaciones en los procesos constructivos y minimizar el riesgo de fallos, así como facilitar a las autoridades la tarea de supervisión y control mediante indicadores cuantificables.
El sistema obliga a realizar evaluaciones periódicas por la vía de inspecciones regulares y auditorías técnicas que detecten a tiempo cualquier deterioro o desviación. Si en la actualidad estas auditorías se nutrieran de avances científicos y tecnológicos, garantizarían que las medidas preventivas respondieran a la realidad de uso y fueran actualizadas con nuevas metodologías.
Un elemento clave de este régimen es el catálogo de sanciones. Al identificar incumplimientos, la ley faculta a la autoridad para exigir correcciones inmediatas y aplicar multas proporcionales, disuadiendo la negligencia y consolidando una auténtica cultura de la calidad. Además, impone la obligación de documentar y publicar los resultados de las evaluaciones, promoviendo la trazabilidad, el control ciudadano y la vigilancia de organismos independientes.
Finalmente, la Ley 68782 subraya la necesidad de actualización y capacitación continua de todos los actores —constructores, técnicos, verificadores e inspectores— para incorporar innovaciones metodológicas, enfrentar nuevos retos y adoptar las mejores prácticas en materia de seguridad.
En resumen, este dispositivo legal no solo podría prevenir accidentes estructurales. Al exigir efectivamente normas globales, auditorías constantes, rendición de cuentas y formación permanente, estaríamos protegiendo vidas y reforzando la confianza en el Estado y el sector privado.
No obstante, un examen profundo de la Ley 68782 y del Decreto 71501 revela que el problema no radica en promulgar más normas, sino en articular de manera armoniosa instituciones que hoy operan como compartimentos estancos, con frecuencia inertes o, en el mejor de los casos, con deficiencias notables. Debemos orquestar una sinfonía técnica y administrativa de modo que cada institución cumpla cabalmente sus atribuciones de ley y comparta información en tiempo real.
Lograr esa sintonía y el pleno cumplimiento de disposiciones tan ligadas a la seguridad ciudadana (y nacional) podría parecer una quimera luego de cuatro décadas de desapego, irresponsabilidad y negligencia. En sentido, declaramos que nos sentimos identificados plenamente con las palabras de Julio Sánchez Maríñez, rector de INTEC, que nos recuerdan la urgencia de una manera crítica, objetiva y profundamente humana:
La cultura de lo provisional hecho eterno, la mentalidad del relajo disfrazado de viveza, el país donde se improvisa primero y se lamenta después. Aquí el peligro está en los techos, puentes, escuelas, calles… porque el problema no es solo el concreto que se parte, es el corazón social que se ha agrietado de tanto abandono.
Tal como señala Sánchez Maríñez, la caída del techo del Jet Set no fue un accidente aislado, sino el fruto de “años de prácticas de dejadez e incumplimiento” que han normalizado el riesgo, la chapucería y la indiferencia.Fue la confirmación descarnada de una cultura de tolerancia ante el peligro, afirmamos nosotros.
Si no atendemos con rigor estas instituciones y exigimos el cumplimiento efectivo de las normas, seguiremos repitiendo tragedias. Porque las leyes y decretos tienen sentido solo si se traducen en acciones: inspeccionesreales, documentadas y competentes, sanciones ejemplares sin importar la cantidad de activos que los infractores ostenten, rendición de cuentas y formación continua. Sin ello, las normas quedan como adornos de una democracia disfuncional, y nosotros, en nuestra engañosa postura de testigos mudos.
¿De qué sirven las normas si no hay quien las haga valer? El próximo techo bajo el que celebremos un triunfo —ya sea académico, social o comunitario— no puede convertirse en una trampa mortal. Hacer efectivas cada una de las reglas y vigilarlas con rigor es un deber compartido: de los ingenieros que diseñan, de las autoridades que fiscalizan, de los empresarios que construyen y de los ciudadanos que exigen rendición de cuentas.
Solo así podremos honrar la memoria de quienes perdieron la vida aquel fatídico día de abril, transformando el dolor en un compromiso real con la seguridad y la prevención. ¿Seremos capaces de vencer la magia negra del desorden, el déficit crónico de autoridad y el polvo acumulado en cuarenta años de normativas ignoradas? La respuesta a esa pregunta definirá si aprendemos —de verdad— la lección de los escombros asesinos del Jet Set.
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