Los términos "difamación" e "injuria" son muy parecidos, tanto, que se utilizan con frecuencia de manera indistinta. Sin embargo, la realidad es que su significado varía.
La difamación es la imputación falsa de un hecho concreto a una persona que compromete su honor ("Pedro dió muerte a María"), mientras que la injuria es cualquier expresión afrentosa y ofensiva sin el señalamiento de un hecho específico ("Pedro es un asesino").
Las demandas legales por difamación o por injuria han sido muy frecuentes, básicamente desde el surgimiento de los medios de comunicación de masas. Esto así, porque el nacimiento de lo que llegó a denominarse el "cuarto poder", estuvo vinculado con la expresión y difusión del pensamiento, una prerrogativa consagrada en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) y estipulada también en nuestra Constitución.
El ejercicio indiscriminado de este derecho fundamental colisiona a menudo con el derecho al honor y la intimidad igualmente contemplados en los anteriores instrumentos jurídicos.
Las redes sociales no solo han servido para democratizar el acceso a la información y estrechar la brecha en este sentido, sino que también ha multiplicado las estrategias para difundir noticias e imputaciones falsas, lastimando, en muchos casos, la dignidad de las personas, su valor como seres humanos y el respeto que como tales merecen.
Uno de estos recursos a los que se suele apelar para poner en duda la honestidad y la moral de las personas, esta vez mediante insinuaciones y frases ambiguas, son las fotografías donde aparece quien constituye el blanco del emisor del mensaje junto a otra figura que, en el momento de que se trate, está siendo juzgada en los tribunales por presuntamente haber cometido algún ilícito.
En ese orden de ideas, en la actualidad podemos ser testigos de decenas de fotografías (algunas de ellas montajes) que se han vuelto "virales" en las redes sociales y donde podemos apreciar a ciertos ciudadanos compartiendo animadamente con presuntos delincuentes involucrados en casos de narcotráfico.
Todas las figuras públicas (y las no tan públicas) corren un alto riesgo de tener contacto y hasta tomarse fotos con cualquier ciudadano, nacional o extranjero, y para ello no le exigen antes un certificado de no antecedentes penales. Además, el hecho de que una persona tenga una relación de amistad o parentesco (incluso, comercial), con otra de cuestionable reputación, no implica necesariamente que esté también involucrada en hechos que riñen con la ley, la moral y las buenas costumbres.
De hecho, si revisamos registros del pasado, algunos de nosotros, seguramente, aparecerá en fotos o vídeos compartiendo con personas que hoy están en prisión. Muchos, también, tenemos familiares, cercanos y no tan cercanos, que se hallan o estuvieron en conflicto con la ley, lo cual no siempre implica que tal conducta cuenta con nuestra aprobación o concurso.
¡Tengamos más cuidado! ¡No seamos incautos! Pero también aprendamos a controlar nuestro afán por ganar notoriedad en las redes sociales o, incluso, por hacer daño, poniendo en entredicho el honor y la reputación de personas que más tarde podrían resultar inocentes.
Las consecuencias que podemos causar a esos ciudadanos y a sus familias, erosionando su autoestima y convirtiéndolos en víctimas del escarnio y el aislamiento social, podría ser irreparable.
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