Juez Madera Arias emite voto disidente en sentencia del TSE despojó de diputada al PRM

viernes 4 septiembre , 2020

Creado por:

Juez Ramón Arístides Madera Arias I Foto cedida a Z Digital

El juez titular del Tribunal Superior electoral (TSE) Ramón Arístides Madera Arias afirmó que la Junta Central Electoral (JCE) cometió una aberración jurídica y una distorsión de la ley al adjudicar una diputación nacional a un partido político que apenas obtuvo el 0.15 % del total de los votos válidos emitidos en el nivel congresional.

Madera Arias emitió el voto disidente contra la sentencia TSE-782-2020, que favoreció la decisión de la JCE y adjudicó la quinta diputación nacional al Partido Cívico Renovador (PCR), en perjuicio de la señora Celia Licelot Encarnación Minyety, candidata del Partido Revolucionario Moderno (PRM).

En una declaración escrita enviada a los medios de comunicación, el magistrado calificó la sentencia de "injusta",  “absurda" y como un "adefesio jurídico", que dijo se aprobó al margen de la ley.

Enfatizó que en su calidad de ciudadano, de juez electoral independiente, y de libre pensador, su único compromiso es con el pueblo y con el adecentamiento del país, y que su obligación es la defensa y la protección de la democracia y los mejores intereses de la sociedad.

“No tengo que rendirle culto ni cuenta a nadie, ni ser genuflexo ante ninguno de los sectores políticos, poderes fácticos, económicos, sociales o religiosos, con los cuales no tengo compromiso, pues antes de asumir el cargo presté juramento de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes de la República”, señaló Madera Arias.

Citó como ejemplo que es amigo y admirador del presidente del Partido Cívico Renovador desde hace más de 25 años, pero que la emisión de su voto disidente en este caso le ha traído como consecuencia que el general Jorge Radhamés Zorrilla Ozuna decidiera retirarle su amistad, pero que él como juez no puede prestarse a emitir un voto a favor de una decisión de la JCE "que ha sido el producto de artimañas, subterfugios y mecanismos incorrectos usados en varias juntas electorales del país”.

Entiende que con su resolución la JCE ha desnaturalizado los hechos y va en contra del ordenamiento jurídico, decisión que como juez tiene la obligación de rechazar, “aunque me cueste perder a un amigo, porque los intereses del pueblo están por encima de los intereses individuales”.

En su voto disidente, Madera Arias destacó que en virtud de las argumentaciones fácticas, jurídicas e interpretación lógica que expuso en la motivación del voto disidente, quedó demostrado que la JCE, al emitir la Resolución No.68/2020, de fecha 17 de julio del año 2020, que declaró ganador de una curul de diputado nacional por acumulación de votos a Miguel Ángel De los Santos Figueroa, postulado por el PCR, cometió una aberración jurídica y una distorsión de la ley.

“No se puede adjudicar una diputación nacional a un partido político que ni siquiera, de manera imaginaria, obtuvo la cantidad de votos necesaria”, dijo Madera Arias.

Consideró que a la JCE le faltó cumplir su función como buenos gerentes, vigilantes y supervisores para controlar de manera eficiente la responsabilidad puesta a su cargo, que en su accionar se mostraron como pusilánimes, timoratos, débiles, indiferentes, genuflexus y cobardes, porque de haberlo hecho asumiendo su rol de manera efectiva, no hubieran sucedido hechos como el que nos ocupa ni otros muchos similares.

Redacción Z Digital

LO MÁS LEÍDO