El pleno de la Junta Central Electoral (JCE) rechazó este martes la solicitud realizada por los partidos Opción Democrática y Alianza País de participar en una coalición de partidos en las primarias simultáneas a ser celebradas el 6 de octubre de 2019.
El pleno de la JCE, encabezado por su presidente, magistrado Julio César Castaños Guzmán, tomó la decisión contenida en la resolución número 01-2019 de fecha 22 de enero de 2019, la cual se fundamenta en el artículo 25, numeral 12 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
Dicho artículo establece la prohibición de que los partidos reconocidos puedan concurrir aliados en el primer proceso electoral ante el cual se presentan.
En tal sentido, las motivaciones de la resolución establecen que “uno de los peticionarios de la presente instancia, el partido Opción Democrática, no ha participado en ningún proceso electoral, de donde le está prohibido expresamente por la mencionada normativa legal ir aliado a las próximas elecciones”.
El pleno de la JCE agregó que dicha circunstancia determina que uno de los dos partidos de la pretendida coalición carece de capacidad legal para ir aliado en este proceso, tomando en cuenta que, de conformidad al artículo 62 de la Ley No. 275-97, una coalición precisa entre sus elementos constitutivos de “la concertación previa de alianzas entre los partidos que se vinculan en una coalición y la necesidad de que la misma sea personificada por uno de los partidos que se coaligan”.
Mediante una nota de prensa, la JCE informó que el rechazo a la solicitud realizada por Opción Democrática y Alianza País se fundamenta igualmente en que las coaliciones definidas por la Ley Electoral número 275-97 no están concebidas para inscribir precandidatos a primarias, sino para la propuesta de candidatos comunes a las elecciones generales, y establece que la pretendida coalición debe ser rechazada, ya que la misma corresponde a una alegada modalidad de vinculación inexistente en la Ley Electoral vigente.
En tal sentido, el pleno estableció: “El espíritu de las primarias es que sean procesos internos, ajenos a la injerencia o influencia de otro partido, razón por la cual no está prevista la participación conjunta de partidos en dichos procesos”.
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Respecto al requisito establecido en la Ley número 275-97 de que las coaliciones tengan en común un partido que las personifique, el pleno de la JCE lo calificó como una “condición necesaria” que resultaría de “imposible realización” en el contexto de las primarias simultáneas, según se encuentran diseñadas por la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
La solicitud de los partidos Opción Democrática y Alianza País fue realizada mediante una comunicación remitida al pleno de la JCE en fecha 3 de enero de 2019 y fue conocida en Audiencia Pública con todos los Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos reconocidos el pasado 17 de enero, fecha en la cual se otorgó un plazo de cinco días para el depósito de observaciones por escrito.
Previo al vencimiento de dicho plazo este martes 22 de enero, a las 4:00 de la tarde, fueron recibidas las observaciones por escrito presentadas por el partido Fuerza Nacional Progresista (FNP), el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Partido Demócrata Institucional (PDI).
La sesión del pleno estuvo encabezada por el magistrado Julio César Castaños Guzmán, presidente de la JCE, e integrada por los magistrados Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Henry Mejía Oviedo, asistidos del secretario general de la JCE, doctor Ramón Hilario Espiñeira Ceballos.