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Indotel inicia proceso sancionador contra Altice por corte de servicio móvil

martes 2 abril , 2019

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Foto: @altice_do

El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) informó este marte de que notificó a la empresa Altice Dominicana, S. A., el Acta Inicial de Infracción y las demás piezas que integran el expediente administrativo en su contra por la interrupción de su servicio móvil la semana pasada.

A partir de la notificación del acto administrativo, se declara formalmente abierto el procedimiento sancionador administrativo iniciado contra Altice Dominicana, informa un comunicado del órgano regulador.

El proceso se sustenta en los indicios razonables de comisión de las faltas administrativas consistentes en el incumplimiento de la obligación esencial de asegurar la continuidad en la prestación de los servicios públicos, y en la falta en la entrega de informaciones requeridas por el órgano regulador a través de la Norma de Calidad del Servicio de Telefonía y Acceso a Internet.

Esta actuación se encuentra originada en la avería general de los servicios móviles de voz y de datos provistos a través de la red de Altice que resultaron afectadas desde tempranas horas del día 27 de marzo de 2019 y se extendió durante 36 horas, durante las que la prestadora no proporcionó tales servicios, conforme fuera denunciado por los usuarios.

Con esta medida Indotel busca sancionar la falta de información ya que Altice debió suministrar datos al órgano regulador a partir de la interrupción del servicio, y sanciona, además, el no establecer medidas de seguridad en la infraestructura de su red para garantizar la continuidad de los servicios de voz y datos móviles.

Indotel reiteró que, a la fecha, Altice no ha hecho efectiva la entrega completa del informe detallado del evento ocurrido, obligación que ha debido cumplir dentro del plazo de 24 horas contadas a partir de la detección de la avería el pasado 27 de marzo.

l órgano regulador está atento para garantizar que los usuarios que se vieron afectados reciban la correspondiente compensación por la interrupción injustificada sufrida, la cual deberá corresponderse con el tiempo total que permaneció la avería, conforme dispone la reglamentación.

Agencia EFE

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