El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) establece un sistema de pensiones mediante el ahorro de capitalización individual. Para adquirir el derecho a ser pensionados, el trabajador debe estar en determinadas condiciones: tener 360 cotizaciones, haber cumplido más de 60 años de edad y estar desempleado, es decir, que no tenga un puesto laboral formal, entre otros requisitos.
Esas condiciones se pueden calificar de correctas, toda vez que el derecho a la pensión debe ir dirigido a personas que, si no están discapacitadas o con enfermedades graves antes de la edad de retiro, entonces reciban ese beneficio cuando ya tengan edad avanzada y no desempeñen labor alguna.
En caso de que la persona pase de 60 años y haya cotizado suficiente para la pensión, no se le concede hasta que cese en sus labores, por lo que puede que continúe trabajando hasta los 65, 70 o 75 años y a partir de ahí opte por pensionarse, lo cual sería mejor, porque tendría una mayor acumulación de recursos.
Pero el Gobierno Central incurre en una práctica que se puede considerar injusta, además de que representa una pérdida innecesaria, solo porque no se aplican depuraciones adecuadas al momento de conceder, por decreto, determinadas pensiones.
Se ha hecho costumbre que cada aniversario de determinados gremios profesionales del sector privado, el Presidente de la República emite decretos concediendo pensiones a una cantidad determinada de sus miembros, aun cuando no hayan sido servidores públicos.
Es una atribución que tiene el Jefe del Estado, por lo que nada legal se lo impide. Lo que se torna injusto es que al momento de emitir el decreto de pensiones, no se ordena a la Dirección General de Pensiones y Jubilaciones a Cargo del Estado (DGJP) hacer las depuraciones correspondientes, acordes con lo que establece el SDSS.
Por eso se incurre en la iniquidad de otorgar pensiones del Estado a profesionales que todavía siguen activos como empleados del sector privado y que no han cumplido los 60 años de edad de retiro. Se alega que puede ser un profesional con algún padecimiento de salud grave que le hace merecedor de una pensión del Estado sin ser empleado del Gobierno; pero si continúa activo como empleado privado, ese argumento debería ser invalidado.
¿Qué sería lo ideal? Si el Presidente de la República va a continuar con la costumbre en esta y en pasadas gestiones, de recibir una lista de profesionales de parte del gremio en cuestión (periodistas, agrónomos, ingenieros, fotógrafos, camarógrafos y de otras áreas), lo ideal es que, al momento de emitir el decreto de concesión de las pensiones se agregue un artículo que ordene la depuración correspondiente con base en las normativas legales vigentes.
Por ejemplo: “Se ordena a la DGJP que para conceder la pensión a cada beneficiario, verifique que éste haya cumplido más de 60 años y que no figure con empleo formal ni en el Estado ni en el sector privado. En caso de aceptar un empleo formal en el Estado o el sector privado, le será suspendida la pensión. En caso de que se trate de una pensión por discapacidad o enfermedad grave, se deben hacer las verificaciones correspondientes, con las certificaciones médicas de diagnósticos, tanto de los galenos que le atienden como del equipo de profesionales de la medicina de la DGJP contratados para tales fines”.
De esa manera, no ocurriría lo que está ocurriendo, que hay una cantidad importante de profesionales y técnicos miembros de determinados gremios con pensiones del Estado, aun cuando siguen trabajando de manera activa en el sector privado, sin quebrantos de salud serios y, en muchos casos, sin haber cumplido los 60 años de edad.
Si bien ningún gobernante ordenará hacer esa depuración a los pensionados vigentes “en esas condiciones”, por lo menos debería ordenar que en lo adelante, cada pensión a ser otorgada a personas que no trabajaron para el Estado, sea debidamente depurada, con los requisitos normativos antes expuestos.
Esa sería una forma de darle más equidad al otorgamiento de pensiones con recursos del Estado a gente que nunca trabajó para el Estado y que no necesariamente merecen ese tipo de ayuda, pues para eso está su ahorro individual en el sector privado.
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