Este viernes el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 210-19 que regula los símbolos patrios de la República Dominicana. La misma tiene como objetivo vigilar el correcto uso de la bandera nacional, al escudo y el himno, ya que constituyen los emblemas del país que “merecen todos los honores y respeto”.
La ley establece el uso que debe dársele a estos símbolos patrios, como la forma de colocar los mismos, los horarios, las fechas, etc.
Uno de los aspectos que señala, en el caso de la bandera nacional, es que los extranjeros, podrán enarbolar la de sus respectivos países en fechas especiales, con la condición de que se coloque al lado una de la República Dominicana en igual tamaño.
Entre los artículos, se destaca el 38, que establece las sanciones y penas por violentar o ser irreverentes contra los símbolos patrios. La violación a esta ley recibirá un castigo con penas de 15 a 30 días de prisión y multas de uno a cinco salarios mínimos del sector público.
En el caso de cometer ultraje contra los símbolos patrios, el artículo 39 señala que podrán aplicarse penas de uno a tres meses de prisión y multas de cinco a 20 salarios mínimos.
La reincidencia en ambos casos (irreverencia y ultraje) conllevará el doble de las penas señaladas en los artículos 38 y 39 de la citada ley.
[Ley 210-19] Presidente Danilo Medina promulga ley que regula el uso de los símbolos patrios de la República Dominicana.https://t.co/Da8XAH7vG1
— Rodríguez-Marchena (@RodrigMarchena) July 12, 2019