La Comisión Aeroportuaria defendió la legalidad de la “No Objeción” que tramitó al Poder Ejecutivo para la aprobación del Aeropuerto Internacional de Bávaro y afirmó que se trató de una decisión tomada a unanimidad por la matrícula de los nueve miembros integrantes de la institución bajo las facultades que les asigna la ley.
En un comunicado enviado hoy, la entidad reguladora y supervisora de los aeropuertos, lamentó que una actuación legal haya desatado, por parte del Grupo Punta Cana, un Recurso de Reconsideración caracterizado por las amenazas, las desconsideraciones y la intimidación más que por los argumentos jurídicos.
Indicó que, adicionalmente, todos los miembros de la Comisión Aeroportuaria fueron sometidos a la jurisdicción penal por el solo hecho de que una decisión ética y facultativa del pleno no ha coincidido con los intereses y objetivos del Grupo Punta Cana, que preside el empresario Frank Rainieri.
- Lee también: Medio Ambiente desmiente supuestas irregularidades en permiso para aeropuerto de Bávaro
La comisión aclaró que: “ni aprobó, ni concesionó nada”, sino que otorgó la “No Objeción” y la sometió a la consideración del Poder Ejecutivo.
“Cabe destacar que la Comisión Aeroportuaria que el Grupo Punta Cana ahora está desprestigiando, es la misma Comisión Aeroportuaria que apoderaron en septiembre de 1999 para que aprobara la formalización de su contrato con el Estado”, dijo la entidad en la nota.
Agregó que la Comisión Aeroportuaria es también la misma “que dictó la Resolución 6013 que acogió su pedido y confeccionó dicho contrato y dio vida jurídica a un aeropuerto privado que se había mantenido por casi dos décadas en la sombra de un oficio de No Objeción, como un apátrida contractual”.
La institución advirtió que los actuales miembros de la comisión preservan el derecho a defender su honra y su prestigio familiar hasta las últimas consecuencias, a pesar del “terremoto mediático” al que el Grupo Punta Cana ha sometido a la opinión pública.
“Contamos con el valor y la firme decisión de procurar el resarcimiento de los daños causados, recurriendo, no a la mentira y a la calumnia, sino la sala solemne que ha puesto la ley al servicio del agraviado: los tribunales de la República”, argumentó