El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la resolución No. 471-02, aprobó un procedimiento que combatirá la evasión y elusión en el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), lo que fortalecerá el equilibrio financiero del Seguro Familiar de Salud del Régimen Contributivo.
De acuerdo con una nota de prensa de la entidad, lainformación fue dada a conocer por el gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto, quien manifestó que empresas incluyen en sus registros de nóminas a personas con sueldos por debajo del salario mínimo cotizable, con el objetivo de ofrecer un seguro de salud con aporte por debajo de su responsabilidad lo que atenta con el fortalecimiento de la seguridad social.
El funcionario explicó que esta forma de elusión de empleadores que reporten salarios de trabajadores por debajo del ingreso real que pagan, lo que motivo al CNSS a establecer un mecanismo de registro de los trabajadores a tiempo parcial, que le permita a la Tesorería de la Seguridad Social visualizar o comprobar cuando existan casos de evasión o elusión.
“El incremento de las recaudaciones permitirá que el Sistema amplié la cobertura del catálogo de prestaciones del Seguro Familiar de Salud y pueda atender algunos reclamos del sector salud principalmente de las sociedades especializadas. Resaltamos el continuo esfuerzo que realizó el Ministro de trabajo y presidente del CNSS, Winston Santos para que esta resolución sea una realidad”, dijo.
Indicó que la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) tendrá un plazo máximo de 120 días para construir un módulo de software y realizar los ajustes técnicos necesarios al el Sistema Único de Información y Recaudo (SUIR), para la Aplicación de Aportaciones y Contribuciones al SDSS ajustados al Salario Mínimo Cotizable.
Resaltó que, la disposición del Consejo establece que el procedimiento será ejecutado en función de los Salarios Mínimos establecidos por el Comité Nacional de Salarios, la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), generará una tabla de referencia de salarios mínimos por Sector.
“A partir de esta tabla de referencia, cada vez que un trabajador sea registrado por su empleador con una remuneración inferior de su sector de actividad, el SUIR, automáticamente y al momento de emitir la Notificación de Pago (factura) de cada período, aceptará únicamente aquellos casos que hayan sido debidamente autorizados por la TSS, rechazando los demás casos de las cotizaciones por debajo del Salario Mínimo de su sector hasta tanto sean validados”, según detalla la resolución.
Los empleadores públicos o privados que por la naturaleza de su actividad económica, tengan en relación de dependencia a personal asalariado que no labore el mes completo por razones diversas, y debido a esto, este personal perciba una remuneración inferior al salario mínimo establecido de su sector, según las normativas laborales deberán solicitar una dispensa especial a la TSS a través de su Dirección de Supervisión y Auditoría (DSA) y de acuerdo al “Protocolo de aplicación para regularizar el registro de trabajadores con ingresos inferiores al salario mínimo del sector de su empleador.