Adars: Ley permite ARS no dar cobertura a analíticas de médicos no son de su red

viernes 3 agosto , 2018

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José Manuel Vargas | Foto: Graciela Cuevas

El presidente de la Asociación de Administradoras de Riesgos de Salud (Adars), José Manuel Vargas, aseguró ayer jueves que la Ley 87-01 les permite a las ARS solo dar cobertura a las analíticas de salud e indicaciones de los médicos que pertenecen a su red de prestadores de servicios de salud.

Vargas indicó que 10 artículos de la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social establecen de forma “clara y taxativa” que para que una ARS opere debe crear una red de prestadores de servicios de salud.

Precisó, durante su participación en La Receta Médica, que dentro de esa red, un afiliado puede hacer uso del derecho de libre elección que tiene.

Afirmó que, además de la Ley 88-01, existen normativas adicionales que establecen lo anterior, como el decreto 234-07 que insta que se cree una red de prestadores para hacer uso costo-eficiente de los recursos limitados que se reciben y así ofrecer un servicio eficiente. "Y en toda parte del mundo actúa y funciona así un sistema de seguridad social", resaltó.

La Adars agrupa a las siete principales ARS privadas de la República Dominicana: Primera ARS Humano, Palic, Universal, Simag, Yunén, Monumental y Asistanet.

Cobertura medicamentos

Indicó que no se oponen a que se aumente la cobertura de medicamentos siempre y cuando se cumpla la normativa legal vigente. En la actualidad, los afiliados solo cuentan con ocho mil pesos al año de cobertura para fármacos.

Detalló que primero se debe hacer una solicitud al Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), órgano rector del sistema, luego, este la somete a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) donde se hace un estudio técnico que indique que subir la cobertura cuesta tanto y si la sociedad está dispuesta a pagar eso, pues que se incluya a la cápita.

Juan Manuel Vargas dijo, además, que las ARS no son las que establecen qué medicamentos se cubren y cuáles no, así como los análisis, sino que eso está en el catálogo de prestaciones de servicios, el cual tampoco son ellos quienes lo elaboran.

Atención primaria

Destacó que la Ley establece que la atención médica debe prestarse por niveles y que lo primero que debe existir en es la atención primaria. Puso como ejemplo que en Estados Unidos, para una persona ir a un médico especialista debe pasar primero por su médico de familia.

Abogó que ese tipo de modelo se implante en la República Dominicana para pasar de un modelo curativo, “costoso y deficitario, a uno preventivo donde la población tiene derecho a promoción de la salud y la prevención de la enfermedad.

Pero además, para contar un solo récord médico que ayude al médico ser más asertivo y conozcan el historial clínico completo de su paciente.

Graciela Cuevas

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